Rizzo, Jorge Gabriel y otro c/ EN - DNU 70/23 s/ amparo ley 16.986

Información Básica
Nombre del Caso:
Rizzo, Jorge Gabriel y otro c/ EN - DNU 70/23 s/ amparo ley 16.986
N° Expediente:
CAF 48194/2023/1/RH1
Fecha Sentencia:
16/04/2024
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
Nacional
Juzgado:
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Detalles Técnicos
Jueces:
Horacio Daniel Rosatti, Carlos Fernando Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Luis Lorenzetti
Palabras Clave:
DNU 70/23 inconstitucionalidad accion de amparo legitimacion interes concreto causa judicial corte suprema recurso de queja
Carátula:
Rizzo, Jorge Gabriel y otro c/ EN - DNU 70/23 s/ amparo ley 16.986
Resumen:
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestima el recurso de queja interpuesto por Jorge Gabriel Rizzo, quien actuó en nombre propio y en representación de la Asociación Civil Gente de Derecho, contra el Estado Nacional por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23. La acción de amparo buscaba declarar la inconstitucionalidad integral del DNU, alegando la violación de varios artículos de la Constitución Nacional. Tanto la instancia anterior como la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal rechazaron la acción, argumentando que no se configuraba una causa, caso o controversia que justificara la intervención del Poder Judicial, dado que el actor no demostró un perjuicio personal y directo. La Corte Suprema coincide con este criterio, señalando que el recurrente no logró rebatir los argumentos de la cámara ni demostrar un interés concreto y sustancial en la declaración de inconstitucionalidad del DNU, diferenciado del interés general de la población. Asimismo, la Corte considera que la invocación de la condición de abogado interesado en la defensa de la legalidad no es suficiente para justificar la legitimación procesal en este caso, y que la sentencia invocada como precedente no es aplicable debido a las diferencias fácticas y jurídicas entre ambos casos.
Fundamentos:
Articulo 116 de la Constitucion Nacional, Articulo 2 de la ley 27, Articulo 15 de la ley 48
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Constitucion Nacional, Ley 16.986, Ley 48, Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nacion, Ley 23.898
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion