Herrera, Jorge Claudio y otros c/ EN - M° Justicia DDHH – SPF s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.

Información Básica
Nombre del Caso:
Herrera, Jorge Claudio y otros c/ EN - M° Justicia DDHH – SPF s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.
N° Expediente:
47834/2016/CA1-CS1
Fecha Sentencia:
16/04/2024
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Estado Sentencia:
Sujeta a Revision
Jurisdicción:
Nacional
Juzgado:
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Detalles Técnicos
Jueces:
No se mencionan los nombres de todos los jueces, pero se menciona al vicepresidente Carlos Fernando Rosenkrantz
Palabras Clave:
racionamiento decreto 243/2015 suplementos compensaciones personal militar personal civil fuerzas armadas seguridad nulidad extra petita principio de congruencia
Carátula:
Herrera, Jorge Claudio y otros c/ EN - M° Justicia DDHH – SPF s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.
Resumen:
El caso "Herrera, Jorge Claudio y otros c/ EN - M° Justicia DDHH – SPF s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg." involucra una demanda presentada por los actores para que se les restituya, reliquide y pague las asignaciones por "RACIONAMIENTO" (código 015) que percibían regularmente y que fueron suprimidas por la aplicación del Decreto del P.E.N. N° 243/2015. La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia, que condenó al Estado Nacional a incluir en el haber mensual de los actores los suplementos, compensaciones e incrementos salariales dispuestos por el decreto 243/2015. La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la nulidad de la sentencia apelada, argumentando que la cámara falló "extra petita" al resolver sobre el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos, compensaciones e incrementos salariales dispuestos por el decreto 243/2015, afectando el principio de congruencia. El vicepresidente Dr. Carlos Fernando Rosenkrantz disintió, considerando que no correspondía declarar la nulidad de la sentencia y que el recurso extraordinario planteado por la demandada era inadmisible. En consecuencia, se ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo fallo con arreglo a lo expuesto.
Fundamentos:
La Corte Suprema fundamenta la nulidad de la sentencia en que la Cámara resolvió sobre cuestiones no planteadas en la demanda, violando el principio de congruencia al fallar "extra petita". El vicepresidente Rosenkrantz disiente, argumentando que no hubo planteo de parte sobre esta irregularidad y que la decisión de la Cámara no afectó el orden público.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Decreto del P.E.N. Nº 243/2015, Articulo 280 del Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nacion
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion