Matorras, Asucena Argentina C/ Anses

Información Básica
Nombre del Caso:
Matorras, Asucena Argentina C/ Anses
N° Expediente:
FSA 5616/2021
Fecha Sentencia:
01/06/2026
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 2
Detalles Técnicos
Jueces:
GABRIELA ALEJANDRA GIMENEZ
Palabras Clave:
movilidad tope PBU costas retroactivos inconstitucionalidad jubilacion
Carátula:
Matorras, Asucena Argentina C/ Anses S/ Reajuste Por Movilidad
Resumen:
La presente sentencia abarca el reclamo de reajuste de haberes previsionales promovido por Matorras, Asucena Argentina contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). La actora solicita una nueva determinacion del haber inicial de jubilacion y el pago de retroactivos, alegando la inconstitucionalidad de varios articulos de la ley 24.241. El fallo dispone el recalculo de haberes conforme al precedente 'Elliff' y la posterior movilidad de acuerdo con las leyes 26.417 y 27.426 hasta su reemplazo por un nuevo sistema. Se hace enfasis en la inaplicabilidad de la Resolucion 56/2018 y se confirma la utilizacion del ISBIC para ciertos periodos. La corte tambien ha decidido que no se aplicara el impuesto a las ganancias sobre las prestaciones previsionales, siguiendo precedentes como 'Garcia, Maria Isabel'. Se difiere la regulacion de honorarios hasta la valuacion del monto del proceso. El fallo, que favorece parcialmente a la actora, ordena a la ANSeS cumplir con el pago de retroactivos en un plazo delimitado.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en la aplicacion de precedentes judiciales relevantes como 'Elliff' y 'Blanco', la inaplicabilidad de ciertas resoluciones y un control de constitucionalidad y convencionalidad. Se busca proteger los derechos previsionales de la actora y garantizar la movilidad adecuada de los haberes.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241, Ley 26.417, Ley 27.426, Ley 27.609, Res SSS 6/09, Res ANSeS 34-E/2017
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion