Moya, Felix Daniel c/ Anses s/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Moya, Felix Daniel c/ Anses s/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 15451/2018/4/CA3
Fecha Sentencia:
01/06/2026
Honorarios:
$812526.0
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala I
Detalles Técnicos
Jueces:
LUIS RENATO RABBI BALDI CAVALLI, SANTIAGO FRENCH, ERNESTO SOLA ESPRECH
Palabras Clave:
movilidad reajustes varios honorarios ley arancelaria ejecucion de sentencia
Carátula:
Inc. Honorarios en Autos: Moya, Felix Daniel c/ Anses s/ Reajustes Varios
Resumen:
El caso trata de los honorarios profesionales regulados a favor de la Dra. Julia Tamara Toyos, quien desempeñó un papel crucial en la etapa de ejecución de sentencia en el proceso de reajustes varios contra ANSES. Inicialmente, se fijaron los honorarios en 10,08 UMA, equivalentes a $812,526 más IVA. No satisfecha con esta regulación, la Dra. Toyos apeló argumentando que los honorarios eran bajos y que la base regulatoria no se había actualizado como correspondía, solicitando la aplicación de intereses desde la fecha de corte de la planilla. Sin embargo, el tribunal estableció que la aplicación de la ley 27.423 era correcta, siguiendo precedentes anteriores. La aplicación del artículo 41 de la misma ley llevó a recalcular los honorarios en 42,31 UMA, reducidos finalmente a 8,46 UMA como mínimo y 11 UMA como máximo en función del valor actual de UMA. En última instancia, el tribunal decidió rechazar la apelación de la Dra. Toyos y confirmar la resolución original, asignando también las costas según lo regulado.
Fundamentos:
La aplicacion de la ley 27.423 y precedentes de la Corte Suprema de Justicia, como el caso Establecimiento Las Marias S.A.C.I.F.A. c/ Misiones, para determinar que el derecho a honorarios se constituyo en el momento de la labor profesional. Se explica la reducción aplicable segun la normativa vigente y el cálculo de honorarios basado en UMA.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
ley 27.423, Fallos: 341:1063, Fallos: 346:634
N° Resolución:
15981/2015/3/CA4