Miranda Dora

Información Básica
Nombre del Caso:
Miranda Dora
N° Expediente:
024-27-129588328-490-000001
Fecha Sentencia:
07/10/2023
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
None
Estado Sentencia:
None
Jurisdicción:
No especificada
Juzgado:
No especificado
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
Haber jubilatorio Reajuste Movilidad Ley 24241 Ley 27551 ISBIC Actualizacion de remuneraciones PBU PC PAP MOPRE Tope Confiscatoriedad ANSeS
Carátula:
Haber Reajustado Inicial y Movilidad Jubilacion Ordinaria - PBU - PC - PAP Ley 24.241
Resumen:
El caso se refiere al reajuste de haber inicial y movilidad de la jubilacion ordinaria de Dora Miranda, bajo la Ley 24.241. El calculo del haber reajustado tiene en cuenta la actualizacion de las remuneraciones utilizando el indice Salario Basico Industria Manufacturera y Construccion ISBIC (IPI) hasta el 28/02/2009 y, desde ahi, la Actualizacion de Remuneraciones - ANSeS - Dec 1 10/18 - Anexo I. Se verifico que no se superen los topes establecidos en la normativa vigente, como los porcentajes de la PC (Prestacion Compensatoria), la PC maxima, la remuneracion sujeta a aporte y la remuneracion actualizada. Para la PBU (Prestacion Basica Universal) Inicial, se actualizo el MOPRE (Modulo Previsional) tambien utilizando el ISBIC (IPI) hasta el 28/02/2009 y luego la Actualizacion de Remuneraciones - ANSeS - Dec 1 10/18 - Anexo I. La movilidad del haber se realiza segun la Ley 27551 (50% IPC y 50% RIPTE retrasado 2 meses) hasta el 30/09/2023, y luego se aplican los Aumentos Generales de la ANSeS por movilidad. Se considera el haber minimo cuando el haber calculado es menor, y se verifica la no confiscatoriedad del haber. Se tiene en cuenta el descuento de obra social del 4% sobre el haber reclamado. Se detallan los haberes reajustados mensuales desde agosto de 2021 hasta octubre de 2023, mostrando la evolucion del haber total, el descuento de obra social, el haber al pago, el haber puro y los componentes de la prestacion (PAP, PC y PBU). Ademas, se incluyen las remuneraciones ingresadas por el operador, tanto de relacion de dependencia como de autonomos, junto con los indices utilizados para la actualizacion de las remuneraciones y los topes aplicados. Se presenta un anexo con las remuneraciones tomadas para el promedio, su actualizacion y los topes correspondientes.
Fundamentos:
El reajuste se fundamenta en la aplicacion de indices de actualizacion de remuneraciones (ISBIC e Indices de la Dec. 110/18) y de movilidad (Ley 27551 y aumentos generales de ANSES), asi como en el cumplimiento de los topes y parametros establecidos en la Ley 24.241 y normativa complementaria.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241, Ley 24.463, Ley 27551, Resolucion 6/2009 S.S.S., Decreto 110/2018
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion