Kolb Koslosky, Maria c/ ANSeS s/ reajustes varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Kolb Koslosky, Maria c/ ANSeS s/ reajustes varios
N° Expediente:
FSM 71008120/2011/1/RH1
Fecha Sentencia:
23/05/2023
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
Nacional
Juzgado:
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Detalles Técnicos
Jueces:
Horacio Daniel Rosatti, Carlos Fernando Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Luis Lorenzetti
Palabras Clave:
reajuste pension pension directa ISBIC ley 26417 Elliff Blanco
Carátula:
Kolb Koslosky, María c/ ANSeS s/ reajustes varios
Resumen:
El caso se centra en la demanda de Maria Kolb Koslosky contra la ANSeS por el reajuste de su pensión directa, adquirida tras el fallecimiento de su esposo el 7 de febrero de 2009. La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, aplicando la ley 26.417 y negando la revisión del haber inicial. La actora interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación motivó una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La Corte Suprema consideró que la Cámara no había dado un tratamiento adecuado a la controversia, dado que la ley 26.417 no era aplicable al caso, ya que la resolución SSS 6/2009 establecía que solo se aplicaba a prestaciones cuyos titulares hubieran cesado a partir del 28 de febrero de 2009. En consecuencia, la Corte Suprema revoca la sentencia apelada y ordena que la actualización del beneficio de pensión se realice conforme al Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) hasta la fecha de adquisición del beneficio, siguiendo la doctrina de los fallos “Elliff” y “Blanco”. El juez Rosenkrantz se remite a su disidencia en la causa “Blanco”.
Fundamentos:
La decision se fundamenta en que la Camara Federal de Apelaciones de San Martin no aplico correctamente la normativa vigente al momento de la adquisicion del derecho a la pension por parte de la actora. Se argumenta que la ley 26.417 no era aplicable al caso, y que el metodo adecuado para actualizar las remuneraciones debia ser el ISBIC, conforme a la jurisprudencia establecida en los fallos “Elliff” y “Blanco”.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
ley 24.241, ley 26.417, resolucion SSS 6/2009, art. 14 de la ley 48
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion