Quinteros Julio Omar c/ANSES

Información Básica
Nombre del Caso:
Quinteros Julio Omar c/ANSES
N° Expediente:
24230/2017
Fecha Sentencia:
18/12/2018
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
Nacional
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala II
Detalles Técnicos
Jueces:
Mariana Ines Catalano, Guillermo Federico Elias
Palabras Clave:
Amparo Jubilacion ANSES Servicios diferenciales Decreto 2136/74 Debido proceso Retroactivo
Carátula:
QUINTEROS JULIO OMAR c/ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Resumen:
El caso se centra en la accion de amparo presentada por Julio Omar Quinteros contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSES) buscando el pago de su beneficio jubilatorio. Inicialmente, ANSES habia otorgado el beneficio bajo la ley 24.241, con fecha inicial de pago el 09/09/2015, pero luego lo retuvo debido a observaciones sobre los servicios diferenciales acreditados. El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente al amparo, ordenando a la ANSES la reapertura del procedimiento administrativo para que Quinteros pudiera participar en el mismo, anulando la resolucion que rechazaba la prestacion. Tanto la parte actora como la demandada apelaron esta decision. Quinteros buscaba que se le otorgara directamente el beneficio jubilatorio, mientras que ANSES argumentaba que su actuacion no habia sido arbitraria y que no se habia vulnerado el debido proceso. La Camara Federal de Salta - Sala II revoco la sentencia de primera instancia. Se hizo lugar al recurso de apelacion de la parte actora, reconociendo los servicios prestados por Quinteros en la empresa Petrobras como diferenciales bajo el decreto 2136/74. En consecuencia, la Camara ordeno a la ANSES otorgar, liquidar y abonar el beneficio de jubilacion retroactivo al 07/08/2015. Ademas, se rechazo el recurso de apelacion interpuesto por la demandada, y se impusieron las costas a ANSES.
Fundamentos:
La Camara se baso en la manifiesta arbitrariedad de la ANSES al revocar decisiones previas favorables al actor, especialmente considerando los dictamenes juridicos que reconocian los servicios diferenciales. Se considero vulnerado el derecho a una prestacion de caracter alimentario garantizado en el art. 14 bis de la Constitucion Nacional. Ademas, se considero que las tareas desempeñadas por el Sr. Quinteros en Petrobras encuadraban en el decreto 2136/74.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 16.986, Ley 24.241, Decreto 2136/74, Resolucion 897/2015 del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, Art. 14 bis de la Constitucion Nacional
N° Resolución:
RNT-E 00772/2018