Carátula:
PAZ, JOSE SEGUNDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El Juzgado Federal de Cordoba 2 dicta sentencia en el caso de Jose Segundo Paz contra la ANSES, resolviendo sobre el reajuste de haberes previsionales. El demandante cuestiona la resolucion administrativa que determino su haber jubilatorio bajo la ley 24.241, argumentando que la modalidad de calculo es erronea y planteando la inconstitucionalidad de articulos de las leyes 24.241 y 24.463. La ANSES contesta la demanda. El juzgado, considerando la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion en casos como "Sanchez", "Badaro" y "Elliff", hace lugar parcialmente a la demanda. Ordena a la ANSES reajustar el haber del actor (Prestacion Compensatoria y Prestacion Adicional por Permanencia) utilizando salarios actualizados segun el Indice de Salarios Basicos de la Industria y la Construccion. Tambien, recalcular los haberes previsionales segun ciertas pautas de movilidad desde la fecha de adquisicion del derecho. Se declaran inconstitucionales ciertos articulos de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609 y se ordena a la ANSES abstenerse de descontar impuesto a las ganancias de la prestacion previsional. Las costas del proceso se imponen a la demandada. Se difiere la regulacion de honorarios de la parte actora para la etapa de ejecucion de sentencia.
Fundamentos:
Se basa en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion en casos como "Sanchez", "Badaro" y "Elliff", y en la obligacion de los jueces inferiores de conformar sus decisiones a los pronunciamientos del maximo tribunal en casos analogos. Se consideran los principios del derecho de la seguridad social, como el caracter sustitutivo del haber previsional y la proporcionalidad entre este y el haber de los que se hallan en actividad. Se analizan los distintos componentes del haber previsional (PBU, PC, PAP) y su actualizacion. Se fundamenta la inconstitucionalidad de ciertas leyes y decretos que afectaron la movilidad jubilatoria.
Normativa Aplicada:
Ley 24.463, Ley 24.241, Ley 26.153, Ley 26.025, Ley 26.417, Ley 27.426, Ley 27.541, Ley 27.609, Ley 18.037, Ley 25.453, Decreto 1346/2007, Art. 168 de la Ley 24.241, Art. 82 de la Ley 18.037, Art. 22 de la Ley 24.463, Art. 36 de la Ley 27.423, Art. 2 de l
N° Resolución:
RCE-U 00515