Carátula:
SEBALD, NORBERTO HELMULT c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El Juzgado Federal de Cordoba 1 falla a favor de Norberto Helmuth Sebald en su demanda contra ANSES por el reajuste de su haber jubilatorio. Se ordena a ANSES a recalcular el haber inicial y reajustar el haber previsional del actor, actualizando las remuneraciones tomadas en cuenta para el calculo de la P.C y P.A.P, utilizando el indice de salarios basicos de la industria y construccion- personal no calificado, hasta febrero de 2009, y a partir de ahi, aplicar el art.2 de la ley 26.417 y demas normas de ajuste hasta la fecha de adquisicion del derecho. Se declara la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la Ley 24.463, del art. 2 de la ley 27.426, de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628, texto segun leyes 27.346 y 27.430, y del articulo 21 de la ley 24.463. Tambien se dispone que las sumas a abonar al accionante en concepto de retroactivo emergente del reajuste y el haber reajustado no estaran sujetos al impuesto a las ganancias. Se imponen las costas a la demandada. Se difiere la regulacion de honorarios de la Dra. Vanesa Stiefkens para la etapa de cumplimiento de sentencia. No se regulan honorarios a los letrados de la demandada por ser profesionales a sueldo del Estado. Se recuerda a los letrados el cumplimiento de los aportes previsionales y colegiales.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en la aplicacion de la ley 24.241, jurisprudencia de la CSJN en casos como 'Sanchez Maria del Carmen', 'Elifff Alberto Jose' y 'Quiroga, Carlos Alberto', y en la inconstitucionalidad de ciertas disposiciones de las leyes 24.463 y 24.241 que limitan el reajuste de los haberes previsionales y violan el principio de sustitutividad y proporcionalidad. Tambien se considera la evolucion de la inflacion y el impacto de la formula de movilidad previsional establecida por la ley 27.609, declarandola inconstitucional por resultar en una disminucion del valor adquisitivo de los haberes.
Normativa Aplicada:
Ley 24.241, Ley 24.463, Ley 26.417, Ley 27.609, Ley 20.628, art. 14 bis de la Constitucion Nacional
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion