Carátula:
FERREYRA, MARIA TERESA C/ANSES UDAI I S/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El caso "Ferreyra, Maria Teresa c/ Anses - Udai I s/Reajustes Varios" (Expte. N° FCB 11887/2020) se centra en los recursos de apelacion presentados por la parte actora contra la sentencia de primera instancia que habia admitido la procedencia de la accion contra la A.N.Se.S., ordenando el recalculo y reajuste del haber previsional de la actora. Los agravios de la actora se basan en la solicitud de que se declare la inconstitucionalidad y consecuente inaplicabilidad de la ley 27541 y sus decretos reglamentarios, asi como la inconstitucionalidad de la ley 27609, argumentando que la transferencia al Poder Ejecutivo de la determinacion de la pauta de movilidad de los beneficios previsionales contradice los principios constitucionales.
La Camara Federal de Apelaciones de Cordoba, Sala B, decide, por mayoria, modificar la sentencia apelada, difiriendo para la etapa de liquidacion los planteos de inconstitucionalidad de los decretos dictados en ejercicio de la facultad delegada en el Poder Ejecutivo Nacional por la ley 27.541, y de la ley 27.609 referidos a la movilidad jubilatoria. El juez Sanchez Torres disiente parcialmente, considerando que los planteos de inconstitucionalidad debieron ser resueltos en esta instancia, y no diferidos a la etapa de liquidacion. La Camara impone las costas de segunda instancia en el orden causado, difiriendo la regulacion de honorarios para su oportunidad.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en el analisis de los planteos de inconstitucionalidad de las leyes 27541 y 27609, asi como sus decretos reglamentarios, a la luz de la garantia de movilidad previsional del art. 14 bis y el derecho de propiedad del art. 17 de la Constitucion Nacional. Se invoca la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion sobre la gravedad institucional de la declaracion de inconstitucionalidad de una ley, que debe ser considerada como "ultima ratio". Se analizan los requisitos que debe cumplir la normativa de emergencia y se evalua si se cumplen en el caso de la ley 27541. Se argumenta que no se ha demostrado fehacientemente el perjuicio concreto sufrido por la aplicacion de la ley 27609.
Normativa Aplicada:
Ley 24.241, Ley 26.417, Ley 27.426, Ley 27.541, Ley 27.609, Art. 14 bis y Art. 17 de la Constitución Nacional, C.P.C.C.N.
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion