Carátula:
GOMEZ, LUCIA ADRIANA c/ ANSES S/ AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION
Resumen:
La Camara Federal de Salta - Sala I, rechaza el recurso de apelacion interpuesto por la ANSeS contra la resolucion de fecha 12/12/24 (rectificado en el punto I del resolutorio con fecha 11/04/24), que declaro abstracta la accion de amparo por mora interpuesta por Lucia Adriana Gomez contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social. La jueza de primera instancia habia impuesto las costas a la ANSeS y regulado los honorarios de la Dra. Julia Tamara Toyos en 4 UMA, equivalentes a $247.980 mas IVA. La ANSeS apelo, argumentando que las costas debian ser impuestas por el orden causado segun el art. 21 de la ley 24.463 y jurisprudencia de la Corte Suprema. La Camara, sin embargo, confirma la imposicion de costas a la ANSeS, argumentando que la demora del organismo dio lugar a la accion de amparo y que no se presentaron motivos para apartarse del principio objetivo de la derrota. Si bien el reclamo de la amparista fue resuelto favorablemente por ANSeS, no se acompaño el acto administrativo ni constancia de su notificacion a la actora, a pesar de haber sido notificada de la promocion de las actuaciones judiciales. La resolucion se basa en jurisprudencia previa de la misma Camara y de la CFSS, que establece que si la ANSeS con su mora da lugar a la accion de amparo, debe confirmarse la imposicion de costas, incluso si la cuestion se torna abstracta.
Fundamentos:
La demora de la administracion dio lugar a la accion de amparo, aplicando el principio objetivo de la derrota y jurisprudencia previa.