Carátula:
“ACHAVAL, MARIA ADELA DE
JESUS c/ ANSES s/ REAJUSTES POR
MOVILIDAD” Expte. N°2689/2024
Resumen:
La Camara Federal de Salta - Sala I, resuelve sobre el caso “ACHAVAL, MARIA ADELA DE JESUS c/ ANSES s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD”, expediente N°2689/2024, originario del Juzgado Federal de Salta N°1. La actora apela la sentencia de primera instancia que habia ordenado reajustar su haber previsional al 82% movil de la remuneracion mensual, cuestionando la aplicacion de la ley 24.016 y solicitando se aplique la ley 24.241, que considera mas conveniente. ANSES apela la decision de reajuste y la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 y el impuesto a las ganancias. La Camara decide HACER LUGAR PARCIALMENTE a los agravios de la actora, revocando la aplicacion de la ley 24.016 y ordenando el reajuste conforme a la ley 24.241. Difiere el tratamiento de la ley 27.609 y el tope del art. 9 de la ley 24.463 para la etapa de ejecucion de sentencia. Rechaza el recurso de apelacion de ANSES sobre la ley 24.016 y el impuesto a las ganancias. Las costas de esta instancia se imponen a ANSES.
Fundamentos:
La Camara se basa en la falta de pruebas que acrediten que la actora cumpla con los requisitos de la ley 24.016 y en el principio de congruencia, ya que la actora solicito el reajuste bajo la ley 24.241. Para las cuestiones de movilidad, se remite a precedentes de la Camara en casos similares. Respecto al tope del art. 9 de la ley 24.463, difiere su tratamiento para la etapa de ejecucion, siguiendo la jurisprudencia de la Corte Suprema. En cuanto al impuesto a las ganancias, se remite al plenario de la Camara Federal de Apelaciones de Salta.
Normativa Aplicada:
ley 24.016, ley 24.241, ley 24.463, ley 26.417, ley 27.426, ley 27.551, ley 27.609, ley 23.928, art. 36 de la ley 27.423, decreto 473/92, resolucion 1828 del 30/4/96, resolucion de ANSES RNT-E 2396/23 del 11/9/23, DNU 110/2018; 163/20, 495/20, 542/20, 692
N° Resolución:
1828 del 30/4/96