Delgado, Julio Enrique c/Anses s/Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Delgado, Julio Enrique c/Anses s/Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA8843/2017/1
Fecha Sentencia:
13/05/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Sujeta a Revision
Jurisdicción:
CSS - Camara Federal de la Seguridad Social
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala II
Detalles Técnicos
Jueces:
No se encontraron firmas digitales
Palabras Clave:
costas ejecucion sentencia reajustes jubilacion
Carátula:
Incidente de apelación DELGADO, JULIO ENRIQUE c/ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El caso se refiere a un incidente de apelacion presentado por el actor, Julio Enrique Delgado, contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSES) por diferencias de intereses sobre sumas ya percibidas en concepto de reajustes varios. En primera instancia, el juez aprobo una liquidacion a favor del actor por $4.669.414,94 por un periodo determinado, con un acrecido de $3.684.731,24, e impuso las costas por orden causado. El actor apelo esta decision, argumentando que la condena en costas en un proceso de ejecucion debe ser a cargo de la ANSES debido a su falta de cumplimiento voluntario de la sentencia, y que el art. 21 de la ley 24.463 no es aplicable a los procesos de ejecucion. La Camara Federal de Salta - Sala II, revoco la decision del juez de primera instancia, haciendo lugar al recurso de apelacion del actor y ordenando que las costas de ambas instancias sean a cargo de la ANSES, considerando que el actor se vio obligado a iniciar el proceso de ejecucion para obtener el cumplimiento de la sentencia judicial y que, por lo tanto, debe ser resarcido por los gastos incurridos.
Fundamentos:
El fallo se fundamenta en el principio general de que las costas deben ser impuestas al vencido en los procesos de ejecucion en los que la ANSES no cumple voluntariamente con la sentencia. Se considera que el inicio del proceso de ejecucion por parte del actor es consecuencia de la actitud recalcitrante de la ANSES, lo que justifica que se le impongan las costas.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 68 CPCCN, art. 36 de la ley 27.423, art. 21 de la ley 24.463
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion