Rodolfo Lisandro Cendan c/ Anses

Información Básica
Nombre del Caso:
Rodolfo Lisandro Cendan c/ Anses
N° Expediente:
FSA 6765/2022
Fecha Sentencia:
07/06/2024
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Sujeta a Revision
Jurisdicción:
CAF - Camara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
Juzgado:
Juzgado Federal N° 1 de Salta
Detalles Técnicos
Jueces:
ALEJANDRO CASTELLANOS, MARIANA INES CATALANO, GUILLERMO FEDERICO ELIAS
Palabras Clave:
reajuste movilidad PBU suma no remunerativas jubilacion ley 27.609 tasa de sustitucion confiscatoriedad
Carátula:
CENDAN, RODOLFO LISANDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El caso FSA 6765/2022, “CENDAN, RODOLFO LISANDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”, llega a la Camara Federal de Salta - Sala II por las apelaciones de ANSES y la parte actora contra la sentencia del 6 de febrero de 2024. Dicha sentencia habia hecho lugar parcialmente a la demanda del Sr. Rodolfo Lisandro Cendan, estableciendo la redeterminacion del haber de origen segun el indice del art. 3 de la ley 27.426, pero rechazando la inclusion de conceptos no remunerativos. También ordenó reajuste por movilidad desde la adquisición del beneficio según precedentes “Caliva” y “Márquez”, difiriendo el tratamiento de la Ley 27.609 y el recálculo de la PBU. ANSES apela argumentando cumplimiento imposible de la sentencia debido a contradicciones en los indices aplicables para el recalculo de la PBU y la falta de valores para determinar la confiscatoriedad. El actor se agravia del rechazo de incluir adicionales no remunerativos y del diferimiento del análisis de la constitucionalidad de la ley 27.609, argumentando una confiscatoriedad y la ineficacia de la fórmula de movilidad establecida en dicha ley frente a la inflación. La mayoria del tribunal decide rechazar el recurso de ANSES y hacer lugar parcialmente al del actor en cuanto a la inclusion de las sumas no remunerativas, y confirman el diferimiento del analisis de constitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de liquidacion. Castellanos explicita su discrepancia en lo que atañe al tratamiento de la ley 27.609, que entiendo pertinente acometer en esta instancia definitiva y no esperar a la etapa de ejecucion.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la necesidad de considerar todas las sumas percibidas en actividad para el cálculo del haber inicial, siempre que revistan carácter remunerativo. Asimismo, se basa en los precedentes "Caliva" y "Márquez" de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta para el reajuste por movilidad. Se discute la aplicabilidad de la ley 27.609 y su impacto en el poder adquisitivo de los haberes jubilatorios. Se exponen argumentos sobre la validez constitucional de los cambios en los regímenes de movilidad, siempre que no conduzcan a reducciones confiscatorias.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241, Ley 27.426, Ley 27.609, art. 3 de la ley 27.426, art. 6 de la ley 24.241, art. 14 bis de la Constitucional Nacional
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion