Caliva, Roberto Daniel c/ ANSeS s/Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Caliva, Roberto Daniel c/ ANSeS s/Reajustes Varios
N° Expediente:
1382/2016
Fecha Sentencia:
05/10/2020
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Sujeta a Revision
Jurisdicción:
CAF - Camara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
Juzgado:
Juzgado Federal N° 1 de Salta
Detalles Técnicos
Jueces:
Digitally signed by Mariana Ines Catalano,Digitally signed by Guillermo Federico Elias,Digitally signed by Ernesto Solá
Palabras Clave:
reajustes jubilacion movilidad PBU costas inconstitucionalidad tope ley 27.541 decretos 163/20 495/20 542/20 tasa de interes confiscatoriedad
Carátula:
“CALIVA, ROBERTO DANIEL c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS”
Resumen:
La Cámara Federal de Apelaciones de Salta - Sala II, rechaza los recursos extraordinarios interpuestos tanto por la parte actora (Roberto Daniel Caliva) como por ANSeS, confirmando así la sentencia anterior. El caso se centra en el reajuste de haberes jubilatorios, donde el actor busca la declaración de inconstitucionalidad de varias leyes y decretos que, según él, vulneran la garantía de movilidad jubilatoria. La Cámara, sin embargo, considera que la sentencia anterior ya resolvió favorablemente las pretensiones del actor sin necesidad de declarar la inconstitucionalidad de las normas en cuestión. ANSeS, por su parte, alega una interpretación errónea de las leyes y decretos, así como afectación al derecho de defensa. La Cámara desestima estos argumentos, señalando que ANSeS no mantuvo la cuestión federal en tiempo y forma durante el proceso, y que la sentencia se basa en principios rectores del derecho previsional y jurisprudencia de la Corte Suprema. Se destaca que la imposición de costas por su orden se ajusta al art. 21 de la ley 24.463. En resumen, la Cámara considera que no se configuran los requisitos para la procedencia de los recursos extraordinarios, ni se demuestra arbitrariedad o gravedad institucional.
Fundamentos:
La decisión de la Cámara se basa en principios fundamentales de la previsión social respaldados por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, incluyendo los principios de solidaridad, legalidad, sustitutividad del haber pasivo y proporcionalidad. Se considera que no hay perjuicio concreto ni se configuran los requisitos para la apertura de la instancia extraordinaria.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.426, 27.541, y decretos reglamentarios 163/20, 495/20 y DNU 542/20, ley 48 articulo 14
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion