Palavecino, Jose Ruben c/ANSES s/Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Palavecino, Jose Ruben c/ANSES s/Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 16057/2018
Fecha Sentencia:
05/05/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
CSS - Camara Federal de la Seguridad Social
Juzgado:
Camara Federal de Salta
Detalles Técnicos
Jueces:
Guillermo Federico Elias, Mariana Ines Catalano
Palabras Clave:
reajuste jubilacion movilidad ley 27.609 inconstitucionalidad haber maximo tope IPC RIPTE seguridad social costas honorarios
Carátula:
PALAVECINO, JOSE RUBEN c/ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
La Camara Federal de Salta revisa una decision de primera instancia en el caso "Palavecino, Jose Ruben c/ANSES s/REAJUSTES VARIOS". El juez de primera instancia habia rechazado la impugnacion de ANSES y aprobado la liquidacion presentada por el demandante, pero ambas partes apelaron. La Camara se centra en la omision del juez inferior de tratar la inconstitucionalidad de la ley 27.609, cuestion planteada por el demandante. El quid de la cuestion se centra en el calculo de la jubilacion que se venia realizando con esa ley. La Camara destaca que la ley 27.609, aunque buscaba mantener el poder adquisitivo de los haberes jubilatorios, en la practica no cumplio con ese objetivo, afectando los derechos del art. 14 bis de la Constitucion Nacional. Ademas, resalta que el Poder Ejecutivo reconocio este problema al dictar el DNU 274/24 que modifico la formula de movilidad. Tras analizar el impacto concreto de la ley 27.609 en el haber del accionante y considerar la jurisprudencia de la Corte Suprema, la Camara declara la inconstitucionalidad del art. 1 de dicha ley. Establece que, para el periodo en que estuvo vigente la ley 27.609, el haber del demandante debe reajustarse utilizando un indice combinado de 50% del Indice de Precios al Consumidor (IPC) y 50% del Ripte Finalmente, ordena actualizar el tope del haber maximo conforme al precedente “Badaro” y confirma la resolucion en lo demas que fue materia de agravios. Las costas se imponen a la demandada. El Dr. Alejandro Augusto Castellanos no firma la sentencia debido a una excusacion previa.
Fundamentos:
Art. 14 bis de la Constitucion Nacional, jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, art. 278 del CPCCN, ley 27.609, DNU 274/2024, ley 24.463, Fallos 311:1987, Fallos 329:3089, Fallos 310:2212.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Art. 14 bis de la Constitucion Nacional, art. 278 del CPCCN, ley 27.609, DNU 274/2024, ley 24.463.
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion