Flores, Nestor Orlando c/ Anses s/ Amparo ley 16.986

Información Básica
Nombre del Caso:
Flores, Nestor Orlando c/ Anses s/ Amparo ley 16.986
N° Expediente:
FSA 21757/2019
Fecha Sentencia:
25/11/2020
Honorarios:
$47880.0
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Sujeta a Revision
Jurisdicción:
Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
JULIO LEONARDO BAVIO
Palabras Clave:
amparo retiro por invalidez jubilacion incapacidad aportes regularidad declaracion jurada edad avanzada costas honorarios seguridad social
Carátula:
Flores, Nestor Orlando c/ Anses s/ Amparo ley 16.986
Resumen:
El caso se centra en la demanda de amparo presentada por Néstor Orlando Flores contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) debido a la denegación de su solicitud de Retiro Transitorio por Invalidez por Edad Avanzada. ANSeS justificó su negativa basándose en la falta de presentación de la Declaración Jurada de Salud requerida por el Decreto N° 300/97. Flores argumentó que cumplía con todos los requisitos legales, incluyendo el porcentaje de incapacidad requerido por el art. 48 de la ley 24.241 y la regularidad de sus aportes. El demandante explicó que la exigencia de la Declaración Jurada de Salud era irrazonable y violatoria de sus derechos constitucionales. El Juzgado Federal de Salta 1 analizó la procedencia del amparo, destacando que la seguridad social debe garantizar la cobertura integral de las contingencias sociales, y que los organismos previsionales no deben actuar como partes contrarias a los particulares. El juzgado consideró que la negativa de ANSeS se basó en una interpretación formalista y descontextualizada de las normas, sin considerar la situación de vulnerabilidad del Sr. Flores. Además, se señaló que ANSeS no efectuó un análisis integral de la situación del amparista, contradiciendo sus propios dictámenes internos. En última instancia, el tribunal falló a favor de Flores, ordenando a ANSeS a implementar los trámites necesarios para otorgarle el beneficio previsional solicitado, y que la conducta del organismo resultaba arbitraria, teniendo en cuenta el carácter alimentario del derecho en juego. La corte concluyo que la exigencia de presentar una Declaracion Jurada es exagerada y no tiene en cuenta las inconsistencias propias del organismo estatal, y que ANSeS invirtio la carga de la prueba.
Fundamentos:
Leyes 24.241, 26.425 y arts. 14, 16, 17 y 18 de la Constitución Nacional; en el Pacto de San José de Costa Rica
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241, Decreto 300/97, Circular (GPA) 39/2010, Res. Gral. AFIP 12/97 – RES ANSES – D.E. 766/97 – RES SAFJP 428/97
N° Resolución:
RNT-S 2076/19