Carátula:
OLMOS, MARIELA DEL VALLE c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Resumen:
Mariela del Valle Olmos inicio una accion de amparo contra ANSES solicitando que se declare la inconstitucionalidad o inaplicabilidad del Decreto 300/1997 y se ordene el otorgamiento del beneficio de retiro por invalidez. La ANSES denego el beneficio por la omision de presentar la declaracion jurada de salud. El juez de primera instancia hizo lugar al amparo, ordenando a la ANSES que lleve a cabo las acciones para que la Comision Medica se expida sobre el porcentaje de incapacidad de la actora.
La ANSES apelo la sentencia, argumentando que la actora debia probar su capacidad al momento de inscribirse como monotributista y cuestionando la imposicion de costas. La Camara Federal de Apelaciones de Cordoba confirmo la sentencia de primera instancia, señalando que la aplicacion automatica del Decreto 300/97 podria lesionar la finalidad de la seguridad social. Ademas, la Camara resalto que no constaba que la ANSES hubiera notificado a la actora sobre la obligacion de presentar la declaracion jurada. La Camara declaro la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 y condeno en costas a la demandada.
Fundamentos:
La Camara Federal de Apelaciones de Cordoba fundamento su decision en el articulo 48 de la ley 24.241 (derecho al retiro por invalidez), el articulo 95 de la misma ley (responsabilidad de la Administradora), el articulo 1 inc. 2 del Decreto N° 460/99 (aportante irregular con derecho) y el articulo 2 del decreto 300/97 (declaracion jurada de salud para autonomos). La Camara considero que la aplicacion automatica del Decreto 300/97 podria lesionar la finalidad de la seguridad social y que no constaba que la ANSES hubiera notificado a la actora sobre la obligacion de presentar la declaracion jurada. Ademas, la Camara declaro la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 en relacion a la imposicion de costas.
Normativa Aplicada:
ley 24.241, Decreto N° 460/99, Decreto N° 300/97, ley 24.463, C.P.C.C.N., Ley 27.423
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion