Jueces:
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Carátula:
BIANCHETTI, BETINA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Resumen:
Este caso se centra en la acción de amparo iniciada por Betina Bianchetti, representada por la Dra. Silvia Stella del Valle Mayoral, contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). La demandante busca que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 300/1997 y se le otorgue el beneficio de jubilación por invalidez, alegando que su patología se agrava y no puede costear los medicamentos necesarios. La actora ademas sostiene que no se ha realizado la notificacion de la obligatoriedad de presentar la declaracion jurada a la que hace referencia el Dec. 300/1997. En primera instancia el Juez Ricardo Bustos Fierro falla a favor de Bianchetti, declarando la inaplicabilidad del Decreto 300/1997 para su caso y ordenando a ANSES que le otorgue la jubilación por invalidez solicitada. El juez considera que la acción de amparo es la vía adecuada para proteger los derechos constitucionales de la actora y que ANSES no demostró haber notificado fehacientemente a Bianchetti sobre la obligación de presentar la declaración jurada requerida por el decreto. Además, el juez señala que la jubilación por invalidez es una prestación de carácter alimentario y que el Alto Tribunal ha sostenido que no debe llegarse al desconocimiento de derechos previsionales, sino con extrema cautela. En segunda instancia se solicita la revocacion de lo dispuesto por el juez Bustos Fierro, La Cámara Federal de la Seguridad Social REVOCA la sentencia de la instancia anterior en lo que respecta a la fecha inicial del pago, confirmandola en todo lo demas. Ademas establece que el beneficio concedido debe liquidarse a partir del mes de mayo de 2017 y ademas regula los honorarios por la labor profesional de la Dra. Silvia Stella del Valle Mayoral.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en la protección de los derechos constitucionales a la seguridad social y a una vida digna, así como en la interpretación de la normativa previsional vigente, incluyendo la ley 24.241 y sus decretos reglamentarios. Se destaca la obligación de ANSES de notificar fehacientemente a los contribuyentes sobre sus obligaciones y la necesidad de considerar el carácter alimentario de las prestaciones previsionales.
Normativa Aplicada:
Ley 24.241, Decreto 300/1997, art. 43 de la Constitución Nacional, Pacto de San José de Costa Rica, ley 16.986, ley 21.839 modificada por ley 24.432, art. 13 inc. “f” de la ley 23.898, decreto reglamentario 460/1999
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion