Carátula:
Arias, Angela Maria c/ ANSeS s/ Reajustes varios
Resumen:
La actora, Angela Maria Arias, interpuso una demanda contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) solicitando el recalculo del haber inicial de su beneficio previsional, el pago de retroactivos con intereses y las costas. Pidio que las remuneraciones fueran actualizadas con el indice ISBIC y que la movilidad posterior se ajustara al indice general de remuneraciones del INDEC. Ademas, solicito la inconstitucionalidad de varios articulos de la Ley 24.241 y la fijacion de un suplemento por sustitutividad. ANSeS, por su parte, opuso la excepcion de prescripcion, nego los hechos y defendio la validez de la normativa de movilidad y topes. El Fiscal Federal dictamino a favor de la procedencia parcial de la demanda. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando recalcular las prestaciones con el indice ISBIC hasta febrero de 2009 y la Ley 26.417 en adelante, aplicando la movilidad segun lo establecido por el tribunal. Difierio para la etapa de liquidacion el recalculo de la PBU (considerando posibles quitas confiscatorias que superen el 15% del haber) y el analisis del suplemento por sustitutividad. Tambien se aclararon criterios sobre la aplicacion de diversos topes, reservando la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 para la etapa de liquidacion y rechazando otros planteos de inconstitucionalidad. Los intereses se fijaron a la tasa pasiva del Banco Central de la Republica Argentina y los honorarios de la letrada de la actora en el 18% del credito a liquidar. El pago de retroactivos se limitara a dos anos previos al reclamo administrativo (a partir del 12/01/2015) y las costas se impusieron por el orden causado.
Fundamentos:
El fallo se fundamenta en el principio protectorio del derecho laboral y previsional, que exige una interpretacion amplia y favorable a la persona involucrada, evitando rigorismos formales (Fallos: 313:79). Se aplica el precedente “Elliff” de la Corte Suprema de Justicia (Fallos: 332:1914) para la utilizacion del indice ISBIC en la actualizacion de remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009. Para la movilidad posterior, se remite a la doctrina sentada por la Camara Federal de Apelaciones de Salta en el precedente “Caliva, Roberto Daniel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” (Expte. N° FSA 1382/2016), y se considera la aplicacion del indice de la Ley 27.551 (Ley de Alquileres) como patron objetivo minimo de referencia para el periodo de emergencia previsional 2019-2020. Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 para su aplicacion retroactiva, alineandose con el fallo “Fernandez Pastor” de la Sala III de la Camara Federal de la Seguridad Social. La PBU se rige por la doctrina “Quiroga” de la CSJN, difiriendose el analisis de confiscatoriedad a la etapa de liquidacion, con la metodologia de calculo de los precedentes “Soule” y “Blanco” de la Camara Federal de Apelaciones de Salta. El suplemento por sustitutividad se difiere a la etapa de ejecucion, conforme a “Benoist”. Se analizan y aclaran distintos topes, declarando la inconstitucionalidad del art. 24 inc. a) de la Ley 24.241 segun “Barrios” si se exceden los 35 anos de servicios no computados en la PC, y del art. 26 de la Ley 24.241 segun “Argento” si la merma de la PC es confiscatoria. La inaplicabilidad del art. 14 de la Resolucion SSS 6/09 por exceso reglamentario. Se remite a “Gualtieri” para la aplicacion de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241. La inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 se reserva para la etapa de ejecucion (Fallos: 327:3251 y 323:4216). No prospera la actualizacion monetaria (Ley 23.928) ni los restantes planteos de inconstitucionalidad por ser la ultima ratio. Los intereses se fijan a la tasa pasiva del BCRA segun “Spitale” (Fallos: 327:3721). Los honorarios se regulan anticipadamente por economia procesal.
Normativa Aplicada:
Ley 24.241 (Arts. 9, 19, 20, 23 inc. b, 24 inc. a, 25, 26, 32); Ley 18.037 (Arts. 49, 82, 156); Resolucion 140/95; Ley 26.417 (Arts. 2, 4); Ley 27.609; Ley 27.541 (Art. 55); Decreto 542/2020; Decretos 73/19, 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020; Ley 27.426 (Art. 2); Decreto 833/97 (Art. 1); Ley 27.551; Ley 24.463 (Arts. 9 inc. 3, 21, 22); Ley 26.153 (Art. 2); Ley 23.928; Ley 25.561 (Art. 4); Resolucion ANSeS 34-E/2017 (Art. 7); Ley 21.839 (Arts. 2, 6, 7, 8, 9).
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion