Lopez, Noemi Milagro C/ Anses S/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Lopez, Noemi Milagro C/ Anses S/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 24951/2017
Fecha Sentencia:
09/05/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
reajustes movilidad tope PBU cosa juzgada costas honorarios jubilacion impuesto a las ganancias obra social sumas no remunerativas
Carátula:
LOPEZ, NOEMI MILAGRO c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS
Resumen:
Este expediente judicial se centra en una demanda de reajustes varios interpuesta por Noemi Milagro Lopez contra ANSeS. Inicialmente, una sentencia de primera instancia del 26 de julio de 2021 ordeno a ANSeS recalcular el haber inicial de la jubilacion de la actora, actualizando las remuneraciones conforme a precedentes como “Elliff” e ISBIC, asi como aplicando las leyes 26.417, 27.541 y 27.551 para la movilidad, y declarando la inconstitucionalidad de ciertos articulos de la ley 24.241 y resoluciones, particularmente en relacion con topes y la PBU. Se rechazaron, sin embargo, las peticiones sobre sumas no remunerativas por falta de detalle y se difirieron algunos reajustes de la PBU y la valoracion de la tasa de sustitucion. Posteriormente, la Camara Federal de Apelaciones de Salta, el 25 de abril de 2022, confirmo parcialmente la sentencia de primera instancia, remitiendo a su propio precedente “Marquez, Raimundo” para la movilidad y los empalmes, y volvio a rechazar el planteo de sumas no remunerativas. En una etapa posterior, la actora presento una liquidacion por $4.849.104,76, que fue impugnada por ANSeS. El organismo cuestiono los criterios de actualizacion del AMPO/MOPRE, la aplicacion de astreintes e indemnizaciones, y la falta de deduccion del impuesto a las ganancias. La actora refuto estas objeciones, invocando la cosa juzgada, la jurisprudencia de la CSJN (“Garcia Maria Isabel”) y plenarios de la Camara Federal de Salta (“Percivaldi”) sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias a los retroactivos previsionales. Finalmente, el Juzgado Federal de Salta 1 resolvio rechazar la impugnacion de ANSeS y aprobar la liquidacion presentada por la actora por el monto total de $4.849.104,76, imponiendo las costas a ANSeS y difiriendo la regulacion de honorarios y otras diferencias de intereses.
Fundamentos:
La sentencia de primera instancia condeno a ANSeS a recalcular el haber inicial del beneficio jubilatorio de la actora, actualizando las remuneraciones conforme al precedente “Elliff” hasta el 28/02/2009 con ISBIC y las posteriores al 1º de marzo de 2009 segun la ley 26.417. La movilidad se ordeno conforme a la doctrina “Caliva, Roberto Daniel” de la Camara Federal de Salta para la ley 27.541 y los aumentos del PEN hasta la ley 27.609, asegurando que la actualizacion no sea inferior a las variaciones del indice de la ley 27.551. Para el periodo de la ley 27.426, se aplico el precedente “Fernandez Pastor” declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de dicha ley y ordenando la aplicacion de la ley 26.417 hasta marzo de 2018. Se difirio el reajuste de la PBU y la aplicacion de la tasa de sustitucion conforme a los precedentes “Quiroga”, “Soule”, “Blanco” y “Betancur”. Se declaro la inconstitucionalidad del art. 24 inc. a) y del art. 26 de la ley 24.241 y la inaplicabilidad del art. 14 de la resolucion SSS 6/09 por exceso reglamentario. Se ordenaron retroactivos desde el 14/09/2015, reservando el planteo de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 para la etapa de liquidacion. La Camara Federal de Apelaciones de Salta rechazo la apelacion de ANSeS y acogio parcialmente la de la actora, remitiendo al precedente “Marquez, Raimundo” para la movilidad y topes, y rechazando nuevamente el planteo de sumas no remunerativas. En esta instancia, el juzgado rechazo la impugnacion de ANSeS, confirmando la cosa juzgada sobre la PBU y la improcedencia de la deduccion del impuesto a las ganancias sobre retroactivos previsionales, de conformidad con los precedentes de la CSJN “Garcia Maria Isabel” y el plenario “Percivaldi” de la Camara Federal de Salta. Se aprobo la liquidacion de la actora y se rechazaron las pretensiones de danos y perjuicios por exceder el objeto del proceso previsional. Las costas se impusieron a ANSeS por el principio objetivo de la derrota.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 26.417, Ley 27.426, Ley 27.609, Ley 27.541, Ley 27.551, Decreto 807/16, Ley 24.241 (art. 24 inc. a, art. 26), Resolucion SSS 6/09 (art. 14), Ley 24.463 (art. 9 inc. 3), Ley 26.944 (art. 3), CPCCN (art. 68, art. 513, art. 37), Ley 23.928, Resolucion AFIP 2437/2008 (art. 2), Ley 20.628 (arts. 23 inc. c, 79 inc. c, 81, 90)
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion