Sagle, Mirna Elizabeth C/ Anses S/ Pensiones

Información Básica
Nombre del Caso:
Sagle, Mirna Elizabeth C/ Anses S/ Pensiones
N° Expediente:
FSA 21657/2018
Fecha Sentencia:
19/11/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
pensiones intereses liquidacion costas embargo capitalizacion mora reajustes movilidad error material CPCCN tasas
Carátula:
SAGLE, MIRNA ELIZABETH c/ ANSeS s/ PENSIONES
Resumen:
La sentencia del Juzgado Federal de Salta 1, con fecha 19 de noviembre de 2025, resuelve una impugnacion presentada por ANSeS y aprueba parcialmente una liquidacion de diferencias de intereses en el expediente N° FSA 21657/2018, caratulado 'Sagle, Mirna Elizabeth C/ Anses S/ Pensiones'. La actora habia presentado una liquidacion solicitando intereses sobre sumas percibidas por un periodo especifico. ANSeS impugno esta liquidacion, argumentando que existian planteos procesales anteriores no resueltos, que la capitalizacion de intereses no era procedente y que el corte de intereses debio efectuarse hasta la fecha del embargo, entre otros puntos. La sentencia rechaza la impugnacion de ANSeS. Fundamenta su decision citando jurisprudencia de la Camara Federal de Apelaciones de Salta, que sostiene que los intereses deben computarse hasta la efectiva percepcion de los fondos por el acreedor, no hasta la fecha del embargo. Ademas, aplica el Codigo Civil y Comercial de la Nacion (art. 770, inc. 'c') para la aplicacion de intereses sobre intereses cuando el deudor incurre en mora. Tambien aclara que la tasa de interes aplicable es la Tasa Pasiva Uso Judicial Comunicado A-14290 BCRA, rechazando la tasa activa del fuero laboral propuesta por ANSeS. El juzgado senala que la impugnacion de ANSeS fue generica y no individualizo los supuestos errores, lo que la torna inidonea segun el CPCCN. Por lo tanto, aprueba las diferencias de intereses por el periodo 01/06/2021 al 26/12/2022, que ascienden a $2.402.484,17. Sin embargo, las restantes diferencias de intereses por el periodo 27/12/2022 al 03/04/2025, por un total de $8.173.742,90, no son aprobadas ya que no se encuentran firmes. Las costas de la incidencia son impuestas a ANSeS.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en el rechazo a la impugnacion de ANSeS, considerando que los periodos de calculo presentados por la actora son correctos. Se cita jurisprudencia de la Sala I y Sala II de la Camara Federal de Apelaciones de Salta (autos 'Castellanos de Saravia, Julia Elena c/ ANSeS y otro s/Reajustes Varios' y 'Catalano, Ramon Alberto c/ANSeS s/Reajustes por movilidad') que establece que los intereses se devengan hasta la efectiva percepcion de los fondos por el accionante, no hasta la fecha del embargo. Se aplica el art. 770 inciso 'c' del Codigo Civil y Comercial de la Nacion (ex art. 623) para la procedencia de intereses sobre intereses en caso de mora del deudor. Se aclara que la tasa aplicable en materia previsional es la Tasa Pasiva Uso Judicial Comunicado A-14290 BCRA, desechando la tasa activa del fuero laboral. Ademas, se desestima la impugnacion de ANSeS por su generalidad, al no haber individualizado los errores ni acompanado una planilla de calculos correctos, en los terminos del art. 178 y 504 del CPCCN, y art. 591 del CPCyC, citando jurisprudencia de la Camara Federal de Apelaciones de Salta y otros tribunales.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Codigo Civil y Comercial de la Nacion art. 770 inciso 'c', Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nacion art. 68, art. 178, art. 504, art. 591, Tasa Pasiva Uso Judicial Comunicado A-14290 BCRA
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion