Sarmiento, Ramona Mirtha C/ Anses S/Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Sarmiento, Ramona Mirtha C/ Anses S/Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 23441/2018
Fecha Sentencia:
20/11/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
Claudia Fabiana Rios, Mariana Ana Cornejo, Federico Augusto Dalla Via, Raul Eduardo Becerra, Nelson Ernesto Reynoso
Palabras Clave:
reajustes jubilacion haber inicial remuneraciones movilidad tope PBU cosa juzgada costas honorarios liquidacion intereses inconstitucionalidad daños y perjuicios
Carátula:
SARMIENTO, RAMONA MIRTHA c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
Este caso se centra en el reajuste de un beneficio jubilatorio en el Juzgado Federal de Salta 1, iniciado por Ramona Mirtha Sarmiento contra ANSeS. La sentencia de primera instancia, dictada el 20 de agosto de 2021, condeno a ANSeS a recalcular el haber inicial de la actora, actualizando las remuneraciones conforme al precedente “Elliff” hasta el 28/02/2009 con ISBIC y las posteriores al 1º de marzo de 2009 segun la ley 26.417. Se difirio el reajuste de la Prestacion Basica Universal (PBU) y la valoracion de la tasa de sustitucion, declarando la inconstitucionalidad de los articulos 24 inc. a) y 26 de la ley 24.241, y la inaplicabilidad del articulo 14 de la resolucion SSS 6/09 por exceso reglamentario. Se ordeno la procedencia de retroactivos desde el 05/10/2015. La Camara Federal de Apelaciones de Salta, el 4 de febrero de 2022, confirmo gran parte de lo decidido en grado, pero revoco la decision sobre la tasa de sustitucion y difirio el tratamiento de la inconstitucionalidad del articulo 14 de la resolucion SSS N° 6/09 para la etapa de ejecucion. Un recurso extraordinario interpuesto por la actora fue desestimado in limine el 8 de marzo de 2022. La presente resolucion, de fecha 20 de noviembre de 2025, aborda la impugnacion de ANSeS a la planilla de liquidacion presentada por la actora. ANSeS impugnaba la actualizacion de AMPO/MOPRE y PBU. El juzgado rechazo la impugnacion de ANSeS por insuficiencia, senalando que no adjunto un calculo correcto y que la cuestion de la PBU ya era cosa juzgada. Ademas, el juzgado declaro la inconstitucionalidad del articulo 1° de la ley 27.609 para la movilidad posterior a 12/2020, estableciendo la aplicacion del indice “Caliva–Marquez” (50% IPC y 50% RIPTE trimestral). Se aprobo en defecto la liquidacion de la actora por un total de $ 4.427.663,47 en concepto de retroactivos. El pedido de indemnizacion por danos y perjuicios fue rechazado por exceder el objeto del proceso previsional, y la regulacion de honorarios fue diferida. Las costas fueron impuestas a ANSeS.
Fundamentos:
La sentencia de primera instancia del 20/08/2021 condeno a ANSeS a recalcular el haber inicial del beneficio jubilatorio de la actora, actualizando las remuneraciones conforme al precedente “Elliff” hasta el 28/02/2009 con ISBIC y las posteriores al 1º de marzo de 2009 de conformidad con el art. 2 de la ley 26.417. Se difirio el reajuste de la Prestacion Basica Universal (PBU) segun las doctrinas “Quiroga”, “Soule” y “Blanco”, asi como la valoracion de la aplicacion de la tasa de sustitucion. Se declaro la inconstitucionalidad del art. 24 inc. a) de la ley 24.241 conforme el precedente “Barrios Idilio” y del art. 26 de la ley 24.241 conforme “Argento” si la merma resultaba confiscatoria. Se declaro la inaplicabilidad del art. 14 de la resolucion SSS 6/09 por exceso reglamentario. Los retroactivos se ordenaron a partir del 05/10/2015. La Camara Federal de Apelaciones de Salta, el 04/02/2022, confirmo lo decidido en grado respecto al haber inicial, movilidad y topes. Rechazo agravios sobre la aplicacion de indices previstos en la ley 27.260, el decreto 807/16 y la resolucion de la Secretaria de Seguridad Social de la Nacion 6/16, conforme el precedente “Blanco, Lucio Orlando”, y sobre el reajuste por movilidad segun “Alaniz”. Hizo lugar al agravio de la demandada sobre la tasa de sustitucion, revocando lo decidido por el juez de grado y aplicando los precedentes “Benoist” y “Paez”. Se difirio el tratamiento del planteo de inconstitucionalidad del art. 14 de la resolucion SSS N° 6/09 para la etapa de ejecucion de sentencia, conforme la CSJN en “Actis Caporale”. La presente resolucion del Juzgado Federal de Salta 1, de 20/11/2025, rechaza la impugnacion de ANSeS a la liquidacion presentada por la actora. Fundamento el rechazo en la insuficiencia de la impugnacion (art. 178 y 504 CPCCN) por no adjuntar el computo correcto alternativo y citando jurisprudencia como “Kahl, Graciela L.”, “Chavez, Maximo Ruben”, “Crisanti Ricardo” y “Fabbi, Aurelio R.”. Se senalo la existencia de cosa juzgada respecto a la PBU, ya resuelta en instancias anteriores. Declaro la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609 para la movilidad posterior a 12/2020, aplicando el indice resultante de “Caliva–Marquez” (50 % IPC y 50% RIPTE) de manera trimestral, conforme lo resuelto por la Sala II de la Camara Federal de Apelaciones de Salta en “Palavecino, Jose Ruben”. Se aprobo en defecto la liquidacion por $ 4.427.663,47. El pedido de danos y perjuicios fue rechazado por exceder el objeto del proceso previsional, requiriendo un proceso de conocimiento autonomo. Las costas se impusieron a ANSeS en virtud del principio objetivo de la derrota (art. 68 CPCCN).
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 26.417 (Art. 2), Decreto 807/16, Ley 27.426, Ley 27.541, Ley 27.609 (Art. 1°), Ley 24.241 (Art. 24 inc. a), Art. 26), Resolucion SSS 6/09 (Art. 14), Ley 24.463 (Art. 9 inc. 3), Ley 27.260, Resolucion de la Secretaria de Seguridad Social de la Nacion 6/16, CCCN (Arts. 769, 790, 794), Ley 26.944 (Art. 3), CPCCN (Arts. 68, 178, 504, 591)
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion