Gutierrez, Eduardo C/ Anses S/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Gutierrez, Eduardo C/ Anses S/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 20893/2017
Fecha Sentencia:
01/08/2021
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
movilidad tope PBU cosa juzgada costas honorarios suma no remunerativas error material jubilacion
Carátula:
Gutierrez, Eduardo C/ Anses S/ Reajustes Varios
Resumen:
Eduardo Gutierrez demando a la ANSeS solicitando el recalculo de su haber de jubilacion bajo la ley 24.241, la aplicacion del indice ISBIC para la actualizacion de remuneraciones y la movilidad del haber, ademas de la inconstitucionalidad de varios articulos. ANSeS planteo la prescripcion y se opuso a la demanda. El Juzgado Federal de Salta 1 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando recalcular las prestaciones del haber inicial de conformidad con el precedente “Elliff” de la CSJN y la aplicacion del indice ISBIC, asi como la posterior movilidad segun la ley 26.417 y precedentes como “Blanco”. Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad no indispensables y el pedido de sumas no remunerativas por falta de prueba. Se determino el pago de retroactivos desde el 05/10/2014 con intereses a tasa pasiva del BCRA. Se difirio para la etapa de liquidacion la valoracion del recalculo de la Prestacion Basica Universal (PBU) y el analisis de la procedencia de un suplemento por sustitutividad, asi como los distintos topes, bajo criterios especificos de confiscatoriedad y jurisprudencia de la CSJN. El tribunal enfatizo la importancia del principio protectorio en materia previsional, la necesidad de interpretar las normas con amplitud y de atender a las circunstancias existentes al momento de la decision, ademas de la aplicacion de indices de movilidad durante el periodo de emergencia previsional segun la ley 27.551.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en el principio protectorio del derecho laboral y previsional, la interpretacion amplia de la prueba y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion (CSJN). Se aplica el precedente “Elliff” para la actualizacion de remuneraciones con el indice ISBIC y el precedente “Blanco” para la inconstitucionalidad de resoluciones que extendian el RIPTE. Se valora la ley 27.541 de emergencia previsional y la ley 27.609 de movilidad, citando el precedente “Caliva” de la Camara Federal de Apelaciones de Salta para establecer un piso minimo de referencia (indice combinado RIPTE/IPC de la ley 27.551) ante la ineficacia de los aumentos por decreto. La PBU se analiza bajo la doctrina “Quiroga” de la CSJN y se remite a “Soule” y “Blanco Juan Manuel” de la Camara Federal de Salta para la determinacion de confiscatoriedad. Se diferen para la etapa de ejecucion la valoracion de la tasa de sustitucion y los topes, con referencia a “Barrios”, “Argento”, “Gualtieri”, “Tudor” y “Actis Caporale” de la CSJN. Se rechazan los planteos de inconstitucionalidad no indispensables por ser la ultima ratio y la actualizacion monetaria (art. 7 ley 23.928) por seguir vigente su prohibicion. Se imponen costas por el orden causado.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241 (arts. 19, 20, 24, 25, 26, 32, 156), Ley 18.037 (art. 82, 49), CPCCN (art. 330 incs. 3°, 4°, 5°, 6°), Ley 26.417 (art. 2, 4), Decreto 807/16, Ley 27.260, Ley 27.426 (art. 2, 3), Ley 27.609, Ley 27.541 (art. 55), Decreto 542/2020, Decretos 73/19, 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, Ley 27.551 (art. 3), Decreto 833/97 (art. 1), Ley 24.463 (art. 9 inc. 3°, art. 21, art. 22), Ley 26.153 (art. 2), Ley 23.928 (art. 7), Ley 25.561 (art. 4), Constitucion Nacional (art. 14 bis), Resolucion 140/95, Resolucion 56/18, Resolucion 1/2018, Resolucion SSS 6/09 (art. 14), Resolucion ANSeS 34-E/2017 (art. 7°), Ley 21.839 (arts. 2, 6, 7, 8, 9 y cc.).
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion