Gimenez, Rosa Elisabe C/ Comision Medica Central Y/O Anses S/Recurso Directo Ley 24.241 S/Recurso Directo Ley 24.241

Información Básica
Nombre del Caso:
Gimenez, Rosa Elisabe C/ Comision Medica Central Y/O Anses S/Recurso Directo Ley 24.241 S/Recurso Directo Ley 24.241
N° Expediente:
N°264/2019
Fecha Sentencia:
08/06/2022
Honorarios:
$63007.0
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Apelaciones de Salta
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
movilidad discapacidad espondilosis pension incapacidad invalidez recurso directo edad nivel de educacion formal aptitudes factores complementarios cosa juzgada derechos alimentarios caracter tuitivo dependencia economica costas honorarios
Carátula:
Gimenez, Rosa Elisabe C/ Comision Medica Central Y/O Anses S/Recurso Directo Ley 24.241 S/Recurso Directo Ley 24.241
Resumen:
La presente sentencia aborda el recurso directo interpuesto por la Sra. Rosa Elisabe Gimenez, de 54 años, en el marco de la Ley 24.241, buscando acceder al beneficio de pension por fallecimiento de su padre. Las Comisiones Medicas, tanto la 23 como la Central, dictaminaron incapacidades laborales del 39,44% y 46,42% respectivamente, porcentajes que fueron considerados insuficientes segun el inc. a) del art. 48 de la ley 24.241. Sin embargo, la Camara Federal de Apelaciones de Salta, tras evaluar el informe del Cuerpo Medico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion (que confirmo el 46,42% de incapacidad), revoca la decision administrativa. El Tribunal subraya la importancia de no tomar el porcentaje de invalidez de forma aislada, sino de ponderar elementos complementarios como el medio social, nivel cultural, aptitudes para reinsertarse laboralmente y la actitud del organismo previsional. Esta interpretacion se alinea con la doctrina de la Corte Suprema que exige extrema cautela en casos de derechos alimentarios y fines tutelares de la legislacion previsional, evitando un rigor excesivo de las formas. Ademas, el tribunal considera determinante que la propia ANSes habia otorgado al padre la 'Asignacion por discapacidad' para su hija, lo que acredita la condicion de incapacidad y dependencia economica. En consecuencia, se declara acreditada la incapacidad con jerarquia invalidante de la Sra. Gimenez desde la fecha de fallecimiento de su padre y se dispone un plazo de 30 dias para el cumplimiento de la sentencia.
Fundamentos:
Los fundamentos de la sentencia se centran en la interpretacion no rigurosa del porcentaje de incapacidad en casos de pension para personas discapacitadas, en concordancia con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion. El Tribunal considera que la valoracion de la incapacidad previsional debe integrar, ademas del aspecto psicofisico, elementos como la edad, el nivel de educacion formal, las aptitudes del afiliado para tareas acordes con su minusvalia, su medio social, nivel cultural y la posibilidad real de reintegracion en el mercado laboral. Se destaca el caracter tuitivo y alimentario de la legislacion previsional, exigiendo a los jueces actuar con extrema cautela para no frustrar derechos con particular tutela constitucional. Ademas, se considera determinante el hecho de que ANSes habia otorgado previamente al progenitor una asignacion por hija discapacitada, lo que acredita la incapacidad y la dependencia economica de la actora.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241 (Arts. 48 inc. a, 49 punto 4, 53); Instruccion SAFJP 27/01; Decreto 1290/94; Ley 27.423 (Arts. 16, 20, 30, 44); Acordada CSJN 12/22; Acordadas CSJN 15 y 24 de 2013.
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion