Vergara, Eduardo Federico C/ Anses S/Inc Honorarios

Información Básica
Nombre del Caso:
Vergara, Eduardo Federico C/ Anses S/Inc Honorarios
N° Expediente:
FSA 25200194/2010/1
Fecha Sentencia:
01/08/2023
Honorarios:
$41857.84
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 2
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
honorarios ejecucion de sentencia ley de honorarios profesionales reajustes costas
Carátula:
Incidente Nro 1 - Actor: Vergara, Eduardo Federico Demandado: Anses Y/O Pen S/Inc Honorarios
Resumen:
Este documento judicial, caratulado como 'Incidente Nro 1 - Actor: Vergara, Eduardo Federico Demandado: Anses Y/O Pen S/Inc Honorarios', aborda la regulacion de honorarios profesionales. El Juzgado Federal de Salta 2, en primera instancia, resolvio regular los honorarios de la Dra. Julia Tamara Toyos en la suma de $41,857.84 por su labor en la etapa de ejecucion de sentencia. La decision del juzgado se fundamenta en la aplicacion de la Ley 21.839, a pesar de la vigencia de la nueva Ley 27.423. Esta eleccion esta respaldada por la jurisprudencia de la Camara Federal de Apelaciones de Salta, citando el precedente 'Establecimiento Las Marias' y el caso 'Gil, Julio Jose s/Reajustes Varios', que priorizan la coherencia interna del proceso y la proporcionalidad de la retribucion con el proceso principal, iniciado en 2010. Se considero que en la etapa de ejecucion, la tramitacion concluida se valora como una sola etapa. El calculo final se obtuvo aplicando un 20% sobre la base regulatoria de $459,976.32, mas un incremento del 30% por la actuacion como apoderada, y luego una reduccion del 30% segun el articulo 40 de la Ley 21.839, al no haber oposicion de excepciones. La suma resultante fue finalmente dividida por dos para determinar el monto final. Los honorarios seran abonados por la ANSeS dentro de un plazo de veinte dias. La sentencia es de caracter firme.
Fundamentos:
El juzgado fundamenta su decision en la aplicacion de la Ley 21.839 para la regulacion de honorarios, a pesar de que los trabajos fueron realizados bajo la vigencia de la Ley 27.423. Esta eleccion se basa en la jurisprudencia de la Camara Federal de Apelaciones de Salta, particularmente en el precedente “Establecimiento Las Marias” y en autos “Gil, Julio Jose s/Reajustes Varios”, que establece la necesidad de mantener una relacion proporcional entre la retribucion por la tarea desarrollada en la etapa de ejecucion y los honorarios del proceso principal, el cual se inicio en 2010. Se considera que, en los procesos de ejecucion de sentencia, cuando la tramitacion ha concluido totalmente, se debe regular los trabajos como una sola etapa. Sobre esta base, se calcula un porcentaje del 20% sobre la base regulatoria, un incremento del 30% por la actuacion como apoderada, y una reduccion del 30% de acuerdo con el art. 40 de la Ley 21.839 al no haberse opuesto excepciones.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 27.423, Ley 21.839, Art. 40 Ley 21.839, Art. 7 Ley 21.839, Art. 9 Ley 21.839, Arts. 6, 7, 9, 37, 39, 49 y cc. Ley 21.839
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion