Piazza Francisco Ignacio C/ Administracion Nacional De La Seguridad Social S/ Amparo Por Mora De La Administracion

Información Básica
Nombre del Caso:
Piazza Francisco Ignacio C/ Administracion Nacional De La Seguridad Social S/ Amparo Por Mora De La Administracion
N° Expediente:
FSA 8557/2024
Fecha Sentencia:
28/02/2025
Honorarios:
$332680.0
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 2
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
amparo por mora jubilacion PBU servicios regimenes especiales docentes costas honorarios seguridad social pronto despacho derecho de peticionar derecho alimentario verificacion
Carátula:
PIAZZA FRANCISCO IGNACIO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/ amparo por mora de la administracion
Resumen:
El caso gira en torno a la accion de amparo por mora interpuesta por el Sr. Piazza Francisco Ignacio contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), con el fin de obtener la resolucion de su tramite de jubilacion PBU-PC-PAP-docente, iniciado el 06/05/2024. La parte actora denuncio que, a la fecha de presentacion del amparo, habian transcurrido con exceso los plazos legales administrativos sin que la ANSeS se hubiera expedido. La ANSeS informo que el expediente administrativo (N° 024-20-16190706-6-904-000002) se encontraba en la etapa de Verificacion de Servicios para determinar la real prestacion y caracter de los servicios docentes del interesado con 'Pedagogos SRL', lo que implicaba una demora mayor debido a la necesidad de verificacion en Aguaray. La apoderada del actor argumento que la administracion esta obligada a expedirse en tiempo oportuno, especialmente en cuestiones de naturaleza alimentaria. El Fiscal Federal se pronuncio a favor de la accion de amparo. El juzgado, al resolver, confirmo la existencia de una demora injustificada de nueve meses desde la peticion inicial del actor. Fundamento su decision en el derecho de peticionar ante las autoridades y obtener una decision fundada (Art. 14 CN, Art. 24 Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y Art. 28 Ley 19.549), senalando que la mora administrativa afecta derechos de caracter alimentario. Consecuentemente, hizo lugar a la accion de amparo por mora y ordeno a la ANSeS dictar el acto administrativo en un plazo de diez dias, imponiendo las costas a la demandada y regulando los honorarios de la profesional interviniente.
Fundamentos:
El juzgado se basa en el derecho de peticionar ante las autoridades y obtener una decision fundada, reconocido en el art. 14 de la Constitucion Nacional y en el art. 24 de la Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (art. 75, inc. 22 CN). Cita el art. 28 de la ley 19.549 que establece la accion judicial de amparo por mora administrativa cuando la autoridad ha dejado vencer los plazos o ha transcurrido un tiempo irrazonable. Menciona los presupuestos de procedencia del amparo por mora segun Roberto Dromi ('Derecho Administrativo'). Argumenta que el amparo por mora es una orden judicial de 'pronto despacho' de las actuaciones administrativas, permitiendo emplazar a la administracion a cumplir su cometido de decidir cuestiones en un plazo fijo (Tomas Hutchinson, 'Regimen de Procedimientos Administrativos'). Para la regulacion de honorarios, considera la naturaleza especial del amparo por mora, regido supletoriamente por la ley 16.986 y el Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nacion (art. 36 CPCCN), y que carece de contenido patrimonial inmediato. Por ello, aplica los articulos 19 y 44 de la ley 27.423 -honorarios minimos en asuntos judiciales no susceptibles de apreciacion pecuniaria y acciones administrativas-, y el Decreto del PEN 157/2018 para causas de seguridad social, respetando la Resolucion 3495/2024 para el valor de la UMA. La interpretacion de la normativa se basa en criterios de la CSJN sobre la intencion del legislador y el espiritu de la ley (Fallos: 308:1745; 312:1098; 313:254; 308:1664; 308:1861).
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Constitucion Nacional - Art. 14, Art. 75 inc. 22; Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del Hombre - Art. 24; Ley 19.549 - Art. 28; Ley 16.986 - Art. 8, Art. 14; Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nacion (CPCCN) - Art. 36; Ley 27.423 - Art. 16 inc. 'a', Art. 19, Art. 44, Art. 51, Art. 54; Decreto del PEN 157/2018; Resolucion 3495/2024
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion