Davila, Hector Rene c/ Anses s/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Davila, Hector Rene c/ Anses s/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 12168/2016
Fecha Sentencia:
01/02/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
No se encontraron firmas digitales.
Palabras Clave:
reajustes movilidad cosa juzgada honorarios intereses
Carátula:
Davila, Hector Rene c/ Anses s/ Reajustes Varios
Resumen:
En el expediente FSA 12168/2016, caratulado “DAVILA, HECTOR RENE c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS”, el Juzgado Federal de Salta 1 dicta resolución sobre la planilla de liquidación readecuada presentada por el demandante. Inicialmente, se ordenó al accionante readecuar su planilla, debido a que aplicó incorrectamente el criterio de movilidad del haber según el fallo “Márquez”, cuando la Cámara había dispuesto seguir el precedente “Alaniz”. Ante la nueva planilla, el demandante presenta dos opciones de liquidación por el período 07/03/2014 al 31/07/2024, solicitando se considere la más beneficiosa. La ANSeS impugna la planilla, argumentando que el actor aplicó una movilidad diferente a la ordenada en la sentencia, vulnerando la cosa juzgada. El accionante responde que la impugnación de la ANSeS carece de fundamentos y reitera sus reclamos. El Juzgado rechaza la impugnación de la ANSeS, al considerar que no se acreditó error en los cálculos y que la primera opción de liquidación se ajusta a lo ordenado. Por tanto, aprueba la primera opción de liquidación por un total de $ 14.297.618,99, detallando capital e intereses. Rechaza el pedido de daños y perjuicios por exceder el ámbito del proceso de ejecución, y difiere la regulación de honorarios para cuando la sentencia quede firme. Impone las costas a la ANSeS.
Fundamentos:
Arts. 178 y 504 CPCCN, jurisprudencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, principios del precedente jurisprudencial Villanustre
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Art. 3 de la ley 26.944, ley 27.541, ley 27.609, art. 68 CPCCN
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion