Piazza, Francisco Ignacio C/ Anses S/ Amparo Por Mora De La Administracion

Información Básica
Nombre del Caso:
Piazza, Francisco Ignacio C/ Anses S/ Amparo Por Mora De La Administracion
N° Expediente:
FSA 8557/2024/CA1
Fecha Sentencia:
11/08/2025
Honorarios:
$371880.0
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala I
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
amparo por mora administracion honorarios costas jubilacion moratoria acto administrativo recurso de apelacion plazo UMA ley 19.549 ley 24.463 ley 16.986 ley 27.423 principio objetivo de la derrota
Carátula:
PIAZZA, FRANCISCO IGNISIO c/ ANSES S/ AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION
Resumen:
La Camara Federal de Salta - Sala I ha confirmado la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la accion de amparo por mora de la administracion interpuesta por el Sr. Francisco Ignacio Piazza contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). El demandante habia iniciado un tramite jubilatorio que, tras mas de un ano sin resolucion y a pesar de un pronto despacho, motivo la interposicion del amparo. La ANSeS recurrio la decision, alegando la complejidad del caso debido a la incorporacion de 'servicios faltantes a traves del pago de moratoria', lo que requeria un analisis pormenorizado y mayor tiempo. Tambien cuestiono el monto de los honorarios profesionales y el plazo de diez dias fijado para el cumplimiento de la manda judicial. Sin embargo, la Camara determino que la mora de la administracion estaba objetivamente configurada, ya que habia transcurrido un plazo mas que razonable sin el dictado del acto administrativo. Ademas, sostuvo que las disposiciones del art. 22 de la ley 24.463 no son aplicables a los procesos de amparo por mora, regidos por la ley 19.549 y la ley 16.986. Finalmente, respecto a los honorarios, se confirmo el monto de 5 UMA, actualizandose su valor a la fecha de la sentencia segun la resolucion mas reciente de la CSJN, y se impusieron las costas a la ANSeS por el principio objetivo de la derrota.
Fundamentos:
La Camara Federal de Salta - Sala I confirmo la sentencia de grado que hizo lugar a la accion de amparo por mora, estableciendo que la demora de la ANSeS en dictar el acto administrativo correspondiente a la peticion jubilatoria del actor excedio el plazo razonable, configurando una mora objetiva. Rechazo los argumentos de la accionada sobre la complejidad del tramite y la necesidad de mayor tiempo, al no haberse acreditado el dictado del acto administrativo tras mas de un ano. La Camara determino que el amparo por mora se rige por el art. 28 de la ley 19.549 y la ley 16.986, por lo que las disposiciones de la ley 24.463, incluido su art. 22, resultan inaplicables al proceso. Finalmente, ratifico la regulacion de honorarios en 5 UMA para la letrada de la actora, Dra. Julia Tamara Toyos, aplicando la ley 27.423 y actualizando el valor de la UMA conforme la Resolucion SGA de la CSJN N° 1687/25, imponiendo las costas a la vencida por el principio objetivo de la derrota.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 19.549 (articulo 28), Ley 16.986, Ley 24.463 (articulo 22), Ley 27.423 (articulos 16, 19, 44, 48, 51), Resolucion 3495/2024 (UMA), Resolucion SGA de la CSJN N° 1687/25 (UMA), CPCCN (articulo 68 y cc.), Acordadas 24/13 y 10/25 (CIJ).
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion