Carátula:
“ACOSTA, NORMA GLORIA c/ ANSES S/ REAJUSTES VARIOS”
Resumen:
El caso, caratulado "Acosta, Norma Gloria c/ ANSES S/ Reajustes Varios", involucra una apelación por ambas partes (actora y ANSeS) contra la sentencia inicial del 27 de mayo de 2022. La Camara Federal de Salta - Sala I, basandose en jurisprudencia anterior, desestima los agravios de la ANSES respecto al recálculo del haber inicial, el reajuste por movilidad y los topes de los arts. 24 y 26 de la ley 24.241, confirmando la resolución de primera instancia en esos aspectos. Se rechaza la aplicación de los índices previstos en la ley 27.260, el decreto 807/16 y la resolución de la Secretaria de Seguridad Social de la Nación 6/16, siguiendo el criterio de la CSJN en el caso “Blanco, Lucio Orlando”. Se acoge parcialmente el planteo de ANSES sobre el reajuste por movilidad hasta el 31/3/18 conforme a la ley 26.417; desde esa fecha y hasta diciembre de 2019 de acuerdo con la formula establecida por la ley 27.426; para el año 2020 con los aumentos dispuestos por el Poder Ejecutivo Nacional mediante los decretos 163/20; 495/20; 692/20 y 899/20, sin que la actualización por el año 2020 pueda ser inferior al 35,55% anual. Se confirma el diferimiento para la etapa de liquidación del reclamo del recálculo de la PBU, siguiendo el fallo “Quiroga, Carlos Alberto”. Se revoca la aplicación de una tasa de sustitucion al haber jubilatorio de la actora y se rechaza el planteo sobre el art. 24 inc. a) de la ley 24.241 por ser conjetural. Ademas, desestima los agravios de la actora sobre la tasa de interes y las costas del proceso. Finalmente, se imponen las costas por el orden causado.
Fundamentos:
La sentencia se basa en la jurisprudencia anterior de la Cámara Federal de Salta, así como en fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, incluyendo “Aguilera”, “Sánchez Ruiz”, “Blanco”, “Alaniz”, “Soule”, “Corvalán”, “Páez”, “Benoist”, “Argento”, “Flagello”, “Liendro”, “Spitale” y “Cahais”. Los fundamentos legales incluyen la ley 24.241, la ley 26.417, la ley 27.426, la ley 27.260, el decreto 807/16, la resolución de la Secretaría de la Seguridad Social N° 6/16, el art. 21 de la ley 24.463 y el decreto 157/18. También se considera el art. 265 del CPCCN.
Normativa Aplicada:
ley 24.241, ley 26.417, ley 27.426, ley 27.260, decreto 807/16, resolución de la Secretaría de la Seguridad Social N° 6/16, art. 21 de la ley 24.463, decreto 157/18, art. 265 del CPCCN
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion