Guerra, Lucía Aniceta c/ ANSeS s/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Guerra, Lucía Aniceta c/ ANSeS s/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 15692/2019
Fecha Sentencia:
09/11/2022
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
JULIO LEONARDO BAVIO
Palabras Clave:
reajustes jubilacion haber inicial movilidad PBU PAP prescripcion tasa de sustitucion costas tope inconstitucionalidad
Carátula:
GUERRA, Lucía Aniceta c/ ANSeS s/ Reajustes Varios
Resumen:
En el expediente N° FSA 15692/2019, caratulado "Guerra, Lucía Aniceta c/ ANSeS s/ Reajustes Varios", el Juzgado Federal de Salta 1 dictó sentencia en un caso previsional donde la parte actora, Lucía Aniceta Guerra, demandó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) solicitando una nueva determinación del haber de origen de su beneficio jubilatorio bajo el régimen de la ley 24.241. La actora requirió el recálculo del haber inicial con base en remuneraciones actualizadas, aplicando el índice ISBIC, la corrección de un error material en el cálculo de la PAP, la declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley 24.241 y la fijación de un suplemento para garantizar una tasa de sustitución. ANSeS respondió planteando la prescripción de la acción y negando los hechos, defendiendo la validez de la normativa aplicada y haciendo reserva del caso federal. El Juzgado Federal de Salta 1 resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda, ordenando que se recalculen las prestaciones integrantes del haber inicial con base en remuneraciones actualizadas, aplicando el índice ISBIC sin limitación temporal. Se difirió para la etapa de liquidación la valoración de la procedencia del recálculo de la PBU, la tasa de sustitución y la inconstitucionalidad del tope del art. 9 inc. 3° para la etapa de liquidación, Se ordenó pagar las sumas retroactivas determinadas desde el 13/09/2016, más intereses. Se impusieron las costas por el orden causado.
Fundamentos:
El fallo se fundamenta en la aplicación del precedente “Elliff” de la Corte Suprema de Justicia, el principio protectorio del derecho laboral y previsional, y la doctrina de la Corte Suprema sobre la integralidad del haber. Se considera la ley 27.609 sobre movilidad trimestral y los decretos relacionados con la emergencia pública previsional, ateniéndose a la doctrina de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el precedente “Caliva”.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241, Ley 26.417, Ley 27.609, Ley 27.541, Ley 27.426, Ley 24.463, Ley 18.037, Art. 7 de la ley 23.928 (modificado por el art. 4 de ley 25.561), Decretos 73/19, 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, art. 24 inc. a) de la ley 24.241, Art. 26 de la
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion