Villafañez, Maria Dora c/ Anses s/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Villafañez, Maria Dora c/ Anses s/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 15579/2018
Fecha Sentencia:
04/11/2024
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
Ricardo Walter Moreno
Palabras Clave:
reajustes jubilacion retroactivos cosa juzgada honorarios costas movilidad liquidacion sumas no remunerativas haber previsional
Carátula:
Villafañez, Maria Dora c/ ANSeS s/ Reajustes Varios
Resumen:
El caso "Villafañez, Maria Dora c/ ANSeS s/ Reajustes Varios" se centra en la ejecucion de una sentencia previa que ordenaba a ANSeS reajustar el haber previsional de la actora al 82% movil de la remuneracion mensual que percibio al momento de cesar su actividad laboral. En primera instancia, se habia condenado a ANSeS a realizar este reajuste y a pagar retroactivos desde el 24/08/2015. La Camara Federal de Apelaciones de Salta confirmo la sentencia de primera instancia, rechazando la apelacion de ANSeS y los planteos de la actora respecto a la distribucion de costas, tasa de interes, actualizacion monetaria y la falta de una pauta de movilidad. Posteriormente, se desestimo el recurso extraordinario interpuesto por ANSeS. En la etapa de ejecucion, la actora presento una planilla de liquidacion por $30.669.190,08 (capital e intereses). ANSeS impugna esta liquidacion argumentando que la actora incluye erroneamente rubros no remunerativos y que la actualizacion de los haberes debe hacerse administrativamente segun la Circular DP 54/15. La actora contesta la impugnacion, defendiendo la inclusion de los rubros no remunerativos y argumentando que la Circular DP 54/15 es inaplicable. El Juzgado Federal rechaza la impugnacion de ANSeS, aprobando la liquidacion presentada por la actora. Se destaca la existencia de cosa juzgada respecto a los planteos de ANSeS sobre los conceptos no remunerativos y la circular 54/15. Ademas, se hace referencia a un convenio entre el Ministerio de Educacion de Salta y ANSeS que facilita la actualizacion de los haberes docentes. Se ordena a ANSeS a transferir a la obra social correspondiente la suma descontada por tal concepto y se intima a ANSeS a reajustar el haber de la actora y a otorgarle preferencia en el pago, bajo apercibimiento de aplicar astreintes. Se difiere la regulacion de honorarios hasta que la resolucion quede firme, y se imponen las costas a ANSeS.
Fundamentos:
La decision se fundamenta en la cosa juzgada, la aplicacion de la ley 24.016 y 24.241, los precedentes jurisprudenciales de la Camara Federal de Apelaciones de Salta y la Camara Federal de la Seguridad Social sobre la inclusion de conceptos no remunerativos en el calculo del haber previsional, y el convenio entre el Ministerio de Educacion de Salta y ANSeS que facilita la actualizacion de los haberes docentes.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 6 de la ley 24.241, art. 2 y 4 de la ley 24.016, CPCCN art. 68, Resoluciones 56/1997, 12/2004 de la Secretaria de la Seguridad Social, Acuerdo 61/2011 y Decreto 4585/11 de la Provincia de Salta
N° Resolución:
380