Lohaiza, Pablo Anastasio c/Anses s/ Amparo por Mora de la Administracion

Información Básica
Nombre del Caso:
Lohaiza, Pablo Anastasio c/Anses s/ Amparo por Mora de la Administracion
N° Expediente:
FSA 6921/2024
Fecha Sentencia:
08/11/2024
Honorarios:
$309975.0
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
Julio Leonardo Bavio
Palabras Clave:
amparo mora jubilacion costas honorarios seguridad social
Carátula:
LOHAIZA, PABLO ANASTASIO c/ ANSeS s/ AMPARO por MORA de la ADMINISTRACIÓN
Resumen:
El caso "Lohaiza, Pablo Anastasio c/ ANSeS s/ AMPARO por MORA de la ADMINISTRACIÓN" se centra en la demora de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) en resolver el expediente administrativo N° 024-20-18230470-1-974-01, iniciado el 30 de abril de 2024 por Pablo Anastasio Lohaiza para obtener su jubilación. Trascurridos más de seis meses sin resolución, el amparista interpuso un amparo por mora exigiendo una orden de pronto despacho. ANSeS informó que el beneficio fue acordado el 24 de octubre de 2024, pero el actor alega no haber recibido notificación y que el beneficio aún no está liquidado. El juez considera que la demora es injustificada y afecta los derechos alimentarios del demandante. Se destaca la importancia del derecho a una decisión fundada y la eficacia del amparo por mora para impulsar a la administración a resolver. Se impusieron las costas a la ANSeS, ordenándose dictar el acto administrativo correspondiente dentro de los diez días siguientes a la notificación, bajo apercibimiento de aplicar astreintes. Además, se regulan los honorarios profesionales de la abogada del demandante.
Fundamentos:
El derecho de peticionar ante las autoridades, reconocido en el art. 14 de la Constitución Nacional y en el art. 24 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, no se agota con la presentación de la pretensión, sino que requiere una decisión fundada. El art. 28 de la ley 19.549 brinda la acción de amparo por mora cuando la administración excede los plazos razonables sin emitir dictamen o resolución. La acción procede si existe un acto omitido, un órgano inactivo y una parte interesada. Se interpreta la norma arancelaria vigente (ley 27.423) para regular los honorarios.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 14 de la Constitución Nacional, art. 24 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, art. 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, art. 28 de la ley 19.549, ley 16.986, ley 27.423, art. 19, art. 44, art. 36 y Decreto del PEN 157
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion