Lohaiza, Pablo Anastasio c/ Anses s/ Amparo por Mora de la Administracion

Información Básica
Nombre del Caso:
Lohaiza, Pablo Anastasio c/ Anses s/ Amparo por Mora de la Administracion
N° Expediente:
6921/2024/CA1
Fecha Sentencia:
01/02/2025
Honorarios:
$332180.0
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
CSS - Camara Federal de la Seguridad Social
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala I
Detalles Técnicos
Jueces:
No se encontraron firmas digitales
Palabras Clave:
amparo por mora costas honorarios astreintes
Carátula:
LOHAIZA, PABLO ANASTASIO c/ ANSES s/ AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACIÓN
Resumen:
El caso "Lohaiza, Pablo Anastasio c/ ANSES s/ Amparo por Mora de la Administracion" se centra en la accion de amparo interpuesta por el Sr. Lohaiza debido a la demora de ANSES en dictar un acto administrativo correspondiente a su solicitud. En primera instancia, el Juzgado Federal N°1 de Salta fallo a favor del amparista, ordenando a ANSES dictar el acto en un plazo de 10 dias bajo apercibimiento de astreintes, e impuso las costas a la demandada y regulo honorarios a la Dra. Julia Tamara Toyos en 5 UMA. ANSES apelo la sentencia, cuestionando la imposicion de costas, el plazo de cumplimiento y el apercibimiento de astreintes. La Camara Federal de Salta - Sala I rechazo el recurso de apelacion de ANSES, y consecuentemente confirmo la resolucion de primera instancia, pero dejanddo sin efecto la imposicion de astreintes. Con respecto a los honorarios profesionales de la letrada del actor se dispuso que los mismos seran calculados conforme Acordada n 39/24 y resolucion SGA N°3495/2024 del 19/12/24, fijando el valor de cada UMA en $66.436 a partir del 1/12/24, por lo que el monto en concepto de honorarios alcanza a $332.180 a la fecha, con mas el IVA correspondiente. Se imponen las costas de la segunda instancia a la ANSeS.
Fundamentos:
Se aplico el art. 68 del CPCCN. Se determina que el proceso de amparo por mora de la administracion esta regido por las disposiciones del articulo 28 de la ley de procedimientos administrativos N° 19.549 y por las de la ley 16.986, y la ley 27.423 para la regulacion de los honorarios
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 68 del CPCCN, articulo 28 de la ley de procedimientos administrativos N° 19.549, ley 16.986, ley 27.423
N° Resolución:
39394723#442571893#20250213113059811