Ulivarri, Maria Silvia C/ Anses S/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Ulivarri, Maria Silvia C/ Anses S/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 383/2017
Fecha Sentencia:
21/08/2018
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
JULIO LEONARDO BAVIO
Palabras Clave:
reajustes varios jubilacion movilidad tope cosa juzgada costas regimen especial ley 24.016 ley 24.241 ley 24.463 reajuste del haber precedente Gemelli beneficio de caracter alimentario principio protectorio intereses retroactivos prescripcion
Carátula:
ULIVARRI, Maria Silvia c/ ANSeS s/ reajustes varios
Resumen:
La sentencia del Juzgado Federal de Salta 1, de fecha 21 de agosto de 2018, se pronuncia en el caso "Ulivarri, Maria Silvia c/ ANSeS s/ reajustes varios". La actora, una docente jubilada bajo un regimen provincial transferido a la Nacion, impugna la Resolucion RNT-M 02047/16 de ANSeS que denego su solicitud de reajuste del haber jubilatorio. Ulivarri solicita que su haber sea reajustado al 82% movil de la remuneracion de su cargo, argumentando que corresponde encuadrarla bajo la Ley 24.016, un estatuto especial para docentes, y citando el precedente "Gemelli" de la Corte Suprema. ANSeS, por su parte, opone la excepcion de prescripcion, defiende la aplicacion de la Ley 24.241 y la Resolucion SSS 14/09, y argumenta la improcedencia de "Gemelli" en este caso. El Juzgado, aplicando el principio protectorio del derecho laboral y previsional y la jurisprudencia de la Corte Suprema, decide hacer lugar parcialmente a la demanda. Ordena el reajuste del haber jubilatorio de la actora al 82% movil conforme al articulo 4 de la Ley 24.016, y el pago de retroactivos desde el 29 de julio de 2014, con intereses a la tasa pasiva del BCRA. Ademas, declara inaplicable el articulo 9 de la Ley 24.463 (topes maximos) al beneficio de la actora, rechaza otros planteos de inconstitucionalidad y establece las costas por su orden.
Fundamentos:
El juzgado se fundamenta en el principio protectorio del derecho laboral y previsional, que rige en las controversias relacionadas con beneficios de caracter alimentario. Se basa en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion (Fallos: 313:79, 266:107 y 202, 305:2083 y 2119, 306:1155, 312-1-1715), que propicia una interpretacion amplia de las normas previsionales, evitando rigorismos formales y considerando las circunstancias particulares del caso. Destaca que los organismos previsionales deben actuar como organos de aplicacion y contralor, no como partes contrarias. Confirma la vigencia de la Ley 24.016 para el personal docente no universitario, que establece un haber del ochenta y dos por ciento (82%) movil, citando el precedente "Gemelli" de la CSJN. La aplicacion de esta ley especial implica la exencion del articulo 9 de la Ley 24.463 referente a topes maximos. Establece la aplicacion de la tasa pasiva promedio del Banco Central de la Republica Argentina para los intereses y ratifica la prohibicion de actualizacion monetaria segun la Ley 23.928 modificada por la Ley 25.561. La prescripcion se limita a los dos anos anteriores al reclamo en sede administrativa.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley N° 6289 (Art. 1 incs. a), ch)); Ley 6335/85 (Art. 21); Resolucion RNT-M 02047/16; Resolucion SSS 14/09; Ley 24.016 (Arts. 3, 4); Ley 24.241 (Art. 168); Ley 18.037 (Art. 82); Decreto 137/05; Resolucion N° 33/05; Ley 24.307; Resolucion 14/09; Ley 24.463 (Arts. 9, 21); Ley 23.928 (Art. 7); Ley 25.561 (Art. 4); Precedente “Gemelli, Esther N. c/ ANSeS” (Fallos: 328:2829); Fallos: 313:79; Fallos: 266:107 y 202; Fallos: 305:2083 y 2119; Fallos: 306:1155; Fallos: 312-1-1715; Fallos: 327:3721 (“Spitale”)
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion