Carátula:
GALLARDO, PEDRO VICENTE c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El Juzgado Federal de Salta 2 resuelve sobre la liquidacion presentada por el accionante, Sr. Pedro Vicente Gallardo, en el marco de un juicio contra la ANSeS por reajuste de haberes jubilatorios. En primera instancia, el juzgado habia ordenado el recálculo de las prestaciones del haber inicial, aplicando la ley 26.417 hasta marzo de 2018 y, posteriormente, las pautas de los precedentes “Caliva” y “Márquez”. Dicha sentencia fue parcialmente revocada por la Camara Federal de Apelaciones de Salta en cuanto al reajuste por movilidad. Ante la presentacion de la liquidacion por parte del accionante, la ANSeS la impugna, cuestionando los indices utilizados para la actualizacion del AMPO/MOPRE. El Juzgado rechaza la impugnación de la ANSeS, argumentando que la cuestion ya fue resuelta en la sentencia original y que, por lo tanto, existe cosa juzgada. El juzgado recuerda la jerarquía constitucional de la cosa juzgada, que impide alterar derechos adquiridos por sentencia firme, incluso invocando leyes de orden público. En consecuencia, aprueba la liquidación practicada por el actor por un total de $3.288.804,24, discriminados en $1.332.916,55 de capital y $1.955.887,69 de intereses, correspondientes al periodo del 07/12/2014 al 31/03/2023. Se establece que cualquier suma percibida administrativamente por el actor debera ser descontada de la liquidacion aprobada. Se ordena a la ANSeS transferir a la obra social correspondiente la suma descontada por tal concepto. Las costas del juicio son impuestas a la ANSeS, por resultar vencida.
Fundamentos:
La decision se fundamenta en el principio de cosa juzgada, la jerarquía constitucional de este instituto, y la correcta aplicacion de los indices de actualizacion establecidos en la sentencia original.