Visa, Ricardo Felix C/ Anses S/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Visa, Ricardo Felix C/ Anses S/ Reajustes Varios
N° Expediente:
9450/2016
Fecha Sentencia:
17/09/2019
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Apelaciones de Salta
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
movilidad tope PBU costas honorarios error material jubilacion reajustes ley 27.260 tasa de interes
Carátula:
Visa, Ricardo Felix C/ Anses S/ Reajustes Varios
Resumen:
La sentencia de la Camara Federal de Apelaciones de Salta resuelve los recursos de apelacion presentados por Ricardo Felix Visa y la ANSeS contra una decision de primera instancia. La ANSeS cuestiono las pautas establecidas para el reajuste del haber previsional del actor, proponiendo la aplicacion de indices de la ley 27.260, el decreto 807/16 y la resolucion 6/16 de la Secretaria de Seguridad Social. Por su parte, el actor impugnó el indice escogido para el recalculo de la PBU, el diferimiento del analisis de esta cuestion para la etapa de ejecucion, y lo resuelto en materia de costas e intereses. La Camara, basandose en precedentes propios y de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, confirmo las pautas de reajuste del haber jubilatorio y desestimo los agravios de la ANSeS sobre la aplicacion de la ley 27.260. Respecto a la PBU, se hizo lugar parcialmente al recurso del actor, dejando sin efecto el indice fijado por el juez de grado para su actualizacion y confirmando que su analisis se realizara en la etapa de liquidacion. Finalmente, se rechazaron los planteos de la actora referentes a la imposicion de costas por su orden y la tasa de interes aplicable, ratificando la tasa pasiva promedio del Banco Central. La decision final fue mayoritaria, con una disidencia parcial sobre la PBU.
Fundamentos:
Los fundamentos de la sentencia se basan en la remision a diversa jurisprudencia de la Camara Federal de Apelaciones de Salta y de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion. Para la redeterminacion del haber inicial y el posterior reajuste por movilidad, la Camara se remite al antecedente “Moyano, Manuel Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes varios” (Expte. 25200407/2011, sent. del 22/6/2016), confirmando las pautas fijadas. La aplicacion de los indices previstos en la ley 27.260, el decreto 807/16, la resolucion 6/16 de la Secretaria de la Seguridad Social y la resolucion 56/2018 de ANSeS, es desestimada remitiendose a “Sanchez Ruiz, Jorge Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes, entre otros” (sent. del 26/7/2018) y al criterio de la CSJN en “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes varios” (sent. del 18/12/2018). Respecto a los agravios sobre la PBU, se invoca “MILLAN, Daniel c/ ANSeS s/ Reajustes haberes” (Expte. 2437/2016, sent. del 12/11/18), dejando sin efecto el indice fijado por el juez de grado para su actualizacion y confirmando el diferimiento del analisis sobre su procedencia para la etapa de ejecucion, conforme los parametros de “Quiroga, Carlos Alberto” (fallo del 11/11/2014), “Ciuti, Pablo c/ ANSeS s/ Reajustes varios” (sent. del 30/6/2015) y “De Luca, Raul Jorge Norberto c/ ANSeS s/ reajustes varios” (sent. del 26/12/2017). Para las costas, se aplican los fundamentos expuestos en “Liendro Oscar Alberto c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes” (Expte. N° 2440/2016, sent. del 13/6/201) y la tasa de interes se fija en la pasiva promedio que elabora el Banco Central de la Republica Argentina, conforme “Spitale” (Fallos: 327:3721) y “Cahais” (Fallos: 340:483). La Dra. Mariana Ines Catalano, aunque comparte la mayoria de la solucion, disiente en lo referente a la actualizacion de la PBU, remitiendose al criterio adoptado en “GUANTAY, Valois c/ ANSeS s/ Reajuste de haberes” (Expte. N° 2439/16, sent. del 16/8/2019).
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 27.260, Decreto 807/16, Resolucion de la Secretaria de Seguridad Social de la Nacion 6/16, Resolucion de la ANSeS 56/2018, Ley 24.241, Ley 27.423, Articulo 21 de la Ley 24.463, Fallos: 327:3721 (Spitale), Fallos: 340:483 (Cahais)
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion