Montagna, Daniel Antonio C/ Anses S/Amparo Por Mora De La Administracion

Información Básica
Nombre del Caso:
Montagna, Daniel Antonio C/ Anses S/Amparo Por Mora De La Administracion
N° Expediente:
FSA 12664/2025
Fecha Sentencia:
27/11/2025
Honorarios:
$315400.0
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal De Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
JULIO LEONARDO BAVIO
Palabras Clave:
amparo mora Anses reconocimiento de servicios pronto despacho costas honorarios abstracto jubilacion derecho de peticionar
Carátula:
MONTAGNA, Daniel Antonio c/ ANSeS s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACIÓN
Resumen:
Daniel Antonio Montagna interpuso una accion de amparo por mora contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) ante el Juzgado Federal de Salta 1. El objetivo era obtener la resolucion de un tramite de reconocimiento de servicios iniciado el 20/12/2024, el cual, para el 13/10/2025, llevaba mas de 190 dias sin ser resuelto, a pesar de haber presentado un pedido de pronto despacho el 15/07/2025. El juzgado requirio un informe a ANSeS, que respondio que el expediente ya habia sido resuelto favorablemente el 16/10/2025 mediante la Resolucion RNT M 01649/2025, aunque el accionante no habia sido notificado de esta resolucion hasta la presentacion del informe. El Ministerio Publico Fiscal opino que la accion se habia tornado abstracta. El Juez Federal declaro abstracta la accion de amparo debido a la sustraccion de la materia, dado que el tramite administrativo ya habia sido resuelto. Sin embargo, el juez impuso las costas a la ANSeS, argumentando su mora inicial y la falta de notificacion al interesado, citando jurisprudencia previa. Finalmente, se regularon los honorarios de la apoderada del accionante.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en el derecho de peticionar ante las autoridades y obtener una decision fundada (Art. 14 de la Constitucion Nacional y Art. 24 de la Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del Hombre). Se analiza la procedencia de la accion de amparo por mora administrativa (Art. 28 de la ley 19.549), que requiere un acto omitido, un organo inactivo y una parte interesada. El juez declaro la accion abstracta al verificar que el tramite administrativo ya estaba resuelto. Sin embargo, impuso las costas a la ANSeS debido a su mora inicial y la falta de notificacion oportuna al interesado, siguiendo jurisprudencia de la Camara Federal de la Seguridad Social. Los honorarios se regularon en base a la Ley 27.423, considerando la ausencia de un contenido patrimonial inmediato y la naturaleza especial del proceso de amparo por mora.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Art. 14 de la Constitucion Nacional, Art. 75 inciso 22 de la Constitucion Nacional, Art. 24 de la Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Art. 28 de la ley 19.549, Art. 8° de la ley 16.986, ley 27.148, ley 27.423 (Art. 16 inc. 'a', incs. 'b' y siguientes, Art. 19, Art. 44, Art. 51, Art. 54, Art. 2°), Decreto del PEN 157/2018, Art. 36 del CPCCN, Resolucion SGA N° 2533/2025.
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion