Carátula:
PASQUETTA, SUSANA ROSA c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El Juzgado Federal de Salta 2 emitio una sentencia el 27 de noviembre de 2025, en el caso 'PASQUETTA, SUSANA ROSA c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS' (Expediente N°13429/2017). Esta sentencia resuelve la impugnacion de ANSES a la liquidacion practicada por la parte actora. La historia del caso incluye una sentencia de primera instancia del 30 de marzo de 2022 que hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el recalculo de prestaciones bajo la ley 24.241 y aplicando la ley 26.417 para la movilidad hasta marzo de 2018, seguido de los precedentes 'Caliva' y 'Marquez'. En esa etapa inicial, se postergo el analisis de la ley 27.609 y el recalculo de la Prestacion Basica Universal (PBU) conforme a 'Quiroga Carlos Alberto' de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, ademas de establecer criterios sobre distintos topes y excluir el impuesto a las ganancias. Este pronunciamiento fue parcialmente revocado por la Camara Federal de Apelaciones de Salta el 13 de junio de 2022, que modifico la pauta de movilidad a 'Alaniz, Daniel Humberto' y difirio el estudio de la inconstitucionalidad del art. 14 de la Resolucion SSS N° 6/09 para la etapa de ejecucion, condicionada a una quita superior al 15%. En la presente resolucion, el Juzgado Federal rechaza la impugnacion de ANSES a la liquidacion. Se fundamenta el rechazo en que el descuento del 15% por el precedente 'Soule Humberto' ya fue aplicado, y cualquier quita que exceda ese porcentaje debe ajustarse al precedente 'Actis Caporale' de la CSJN. Ademas, se declara la inconstitucionalidad de las pautas de movilidad de la ley 27.609, siguiendo el precedente 'Palavecino, Jose Ruben' de la Camara Federal de Apelaciones de Salta. Finalmente, se hace referencia al DNU 274/2024, que modifica el regimen de movilidad a partir de julio de 2024, disponiendo actualizaciones mensuales segun el Indice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) del INDEC, y se establece que debera estarse a sus terminos. El Juzgado aprueba la liquidacion presentada por la actora por un total de $12.722.725,15 por el periodo del 02/01/2015 al 31/03/2023, y las costas son impuestas a ANSES.
Fundamentos:
Los fundamentos de la sentencia se basan en resolver la impugnacion de ANSES a la liquidacion practicada por la actora, considerando la jurisprudencia previa y la normativa vigente. En primer lugar, se rechaza la impugnacion de ANSES respecto a la aplicacion del tope sobre las remuneraciones actualizadas, dado que ya se habia descontado un 15% por aplicacion del precedente 'Soule Humberto', y que cualquier quita superior al 15% debe ajustarse al precedente 'Actis Caporale' de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion. En segundo termino, se aborda la inconstitucionalidad de la ley 27.609, remitiendose al precedente 'Palavecino, Jose Ruben' de la Camara Federal de Apelaciones de Salta, que declaro la inconstitucionalidad de sus pautas de movilidad. Se establece que el analisis del impacto de esta formula en los haberes de la actora debe realizarse conforme a este precedente. Ademas, se considera la entrada en vigencia del DNU 274/2024, que sustituye el art. 32 de la ley 24.241, disponiendo que los haberes se actualizaran mensualmente de acuerdo con las variaciones del Indice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el INDEC, a partir de julio de 2024. Se instruye a estarse a los terminos de este decreto. Finalmente, se aprueba la liquidacion presentada por la actora, se imponen las costas a ANSES en virtud del principio objetivo de la derrota (art. 68 CPCCN), y se establecen las condiciones para el descuento de sumas percibidas administrativamente y la transferencia a la obra social.