Sanchez, Luis Antonio c/ Anses

Información Básica
Nombre del Caso:
Sanchez, Luis Antonio c/ Anses
N° Expediente:
FSA 27997/2018
Fecha Sentencia:
13/11/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 2
Detalles Técnicos
Jueces:
Sandra,Wierneski
Palabras Clave:
reajustes movilidad cosa juzgada honorarios jubilacion intereses
Carátula:
(EA) SANCHEZ, LUIS ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El Juzgado Federal de Salta 2 dicta una resolucion en el expediente caratulado "Sanchez, Luis Antonio c/ Anses s/Reajustes Varios" en relacion a la liquidacion de una sentencia previamente emitida. La sentencia original, dictada el 14 de octubre de 2022, habia hecho lugar parcialmente a la demanda del Sr. Sanchez, ordenando el recalculo de sus prestaciones jubilatorias. Esta decision fue parcialmente revocada por la Camara Federal de Apelaciones de Salta, modificando el criterio de reajuste por movilidad. En esta nueva resolucion, el Juzgado rechaza la impugnacion de ANSES a la liquidacion presentada por el accionante, argumentando que la etapa procesal para discutir la movilidad ya ha precluido y existe cosa juzgada sobre el tema. En consecuencia, aprueba la liquidacion practicada por el accionante, calculada con base en los precedentes "Fernandez Pastor, Caliva y Alaniz", estableciendo un monto total de $10.778.557,33. Ademas, difiere el tratamiento de las diferencias de intereses y la regulacion de honorarios para una etapa procesal posterior. Rechaza el pedido de indemnizacion por daños y perjuicios, argumentando que esta cuestion debe ser resuelta en un proceso de conocimiento aparte. Impone las costas a ANSES, en virtud del principio objetivo de la derrota.
Fundamentos:
El rechazo de la impugnacion de la ANSES se fundamenta en la preclusion de la etapa procesal y la existencia de cosa juzgada, apoyandose en jurisprudencia de la CSJN. Se invoca el art. 68 del CPCCN para la imposicion de costas a la ANSeS. La negativa a la indemnizacion por daños se basa en la incompetencia del fuero de la Seguridad Social para tratar cuestiones de naturaleza civil.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 2 de la ley 25.994, Resolucion SSS N° 12/2005, art. 30 de la ley 24.241, ley 26.417, ley 27.541, ley 27.609, arts. 9 y 25, 24 y 26 de la ley 24.241, art. 14 de la Resolucion SSS 6/2009, art. 52 de la ley 27.423, art. 68 CPCCN
N° Resolución:
#32537070#480494598#20251113122712740