Torres, Francisco Cristino c/Administracion Nacional de la Seguridad Social (Anses) s/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Torres, Francisco Cristino c/Administracion Nacional de la Seguridad Social (Anses) s/ Reajustes Varios
N° Expediente:
22430/2017
Fecha Sentencia:
30/10/2019
Honorarios:
$18.0
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
JULIO LEONARDO BAVIO
Palabras Clave:
reajuste jubilacion movilidad tope PBU error material honorarios salario incapacidad
Carátula:
TORRES, FRANCISCO CRISTINO c/ Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) s/ Reajustes Varios
Resumen:
En el expediente N° 22430/2017, caratulado “TORRES, FRANCISCO CRISTINO c/ Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) s/ Reajustes Varios”, el Juzgado Federal de Salta 1 dictó sentencia sobre la demanda del actor, quien solicitó el reconocimiento de la redeterminación de su haber jubilatorio inicial y su correspondiente movilidad, la liberación de los topes establecidos en la ley 24.463, y el pago de las sumas adeudadas con actualización e intereses. El actor argumentó errores en el cálculo de su haber inicial, particularmente en la consideración anualizada de sus remuneraciones como trabajador rural cíclico, y solicitó la aplicación del ISBIC para reajustar la PBU, además del cálculo de la PAP al 1,5%. La ANSeS opuso la prescripción de la acción y la falta de agotamiento de la vía administrativa, defendiendo la validez constitucional de las normas aplicadas y solicitando, en caso de actualización de las remuneraciones, la aplicación del índice RIPTE. El juzgado rechazó la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa y, haciendo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular el haber inicial actualizando los salarios con el índice de la Resolución ANSeS N° 140/95 hasta la fecha de adquisición del derecho, reajustar el beneficio jubilatorio desde el 7 de septiembre de 2006 con el índice de variación anual de salarios (INDEC) hasta el 31 de diciembre de 2006, y aplicar el 13% anual para el año 2007 y el 12,50% hasta febrero de 2008, y los índices del Decreto N° 279/08 a partir de marzo de 2008 hasta la implementación de la movilidad de la ley 26.417. Se difirió para la etapa de liquidación la valoración de la procedencia del recálculo de la PBU y de la tasa de sustitución. Rechazó los restantes planteos de inconstitucionalidad y reguló los honorarios de la letrada del actor. Se ordenó al organismo previsional otorgar preferencia en el pago al actor, quien tiene 83 años.
Fundamentos:
La decision se fundamenta en la aplicacion del principio protectorio del derecho laboral y previsional, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion en casos como "Elliff", "Badaro", "Sanchez" y "Quiroga", y la necesidad de garantizar la integralidad del haber jubilatorio y evitar la confiscatoriedad. Se considera la existencia de un error material en el calculo del haber inicial y se aplican diversos indices de actualizacion y reajuste para garantizar una justa cuantificacion del beneficio previsional.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
ley 24.463, ley 24.241, ley 23.928, ley 18.037, ley 26.417, ley 26.198, ley 26.222, ley 26.425, ley 27.260, ley 21.864, ley 21.839, ley 19.549, Decreto N 764/06, Decreto N 279/08, Decreto N 313/2007, Decreto 807/2016, Resolucion ANSeS N 140/95, Resolucion
N° Resolución:
RNT-M 01806/17