Carátula:
CUELLO, RODOLFO ROMAN c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes
Resumen:
El presente caso aborda la demanda iniciada por el Sr. Rodolfo Roman Cuello, un docente jubilado, contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) en busqueda del reajuste de su haber jubilatorio de origen. El demandante argumenta que el monto percibido no se condice con la justa cuantia a la que tiene derecho conforme a la Ley 24.016, solicitando la aplicacion de coeficientes de variacion salarial docente y la declaracion de inconstitucionalidad de diversos articulos de las Leyes 24.463 y 23.928, asi como la exencion del impuesto a las ganancias sobre sus haberes y retroactivos, basandose en jurisprudencia de la CSJN. ANSeS, por su parte, solicito el rechazo de la demanda, planteando la prescripcion de la accion, la no aplicabilidad de la Ley 24.016 al beneficio otorgado bajo la Ley 24.241, y la teoria de los actos propios, argumentando que el haber percibido no es confiscatorio. El Fiscal Federal dictamino a favor de la demanda de reajuste. El Juzgado Federal de Salta 1, en su sentencia, hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el reajuste del haber previsional del Sr. Cuello al ochenta y dos por ciento (82 %) movil de su remuneracion mensual del cargo al momento del cese, conforme al articulo 4 de la Ley 24.016. Ademas, declaro inaplicable el articulo 9 de la Ley 24.463 al beneficio del actor. Rechazo, no obstante, los planteos de inconstitucionalidad relativos a la actualizacion monetaria y al impuesto a las ganancias sobre los haberes y retroactivos, basandose en la doctrina de la CSJN. Tambien hizo lugar a la defensa de prescripcion opuesta por la demandada, limitando los retroactivos al 02/05/2022 y con intereses a tasa pasiva del BCRA. Las costas fueron impuestas a la ANSeS.
Fundamentos:
El tribunal se fundamenta en el principio protectorio del derecho laboral y previsional, que rige la interpretacion de normas y la valoracion de pruebas en controversias de caracter alimentario. Cita fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion (Fallos: 313:79, “Spitale” 327:3721) sobre la cobertura integral de contingencias sociales y la aplicacion de tasas de interes pasiva. Se destaca la vigencia de la Ley 24.016 para el personal docente no universitario, conforme a fallos de la CSJN como “Gemelli” (2005), que establece un haber del 82% movil de la remuneracion del cargo al cese. Se concluye que el actor cumple los requisitos de esta ley, a pesar de haberse jubilado bajo la Ley 24.241, citando precedentes de la Camara Federal de la Seguridad Social (“Nallim, Olga del Valle”). La inaplicabilidad del art. 9 de la Ley 24.463 se justifica por tratarse de un regimen especial, en concordancia con la sentencia “Guzman Cristina c/ANSeS”. Respecto al impuesto a las ganancias, se aplica la doctrina de la CSJN (“Garcia, Maria Isabel” 2019, “Garcia, Marta Susana” 2020) y el plenario de la Camara Federal de Apelaciones de Salta (“Percivaldi, Roberto Rene” 2020), declarando la inconstitucionalidad de su aplicacion a beneficios previsionales y retroactivos. Se rechaza la actualizacion monetaria segun el art. 7 de la Ley 23.928 por su vigencia. La prescripcion se limita a dos años previos al reclamo administrativo. Las costas se imponen a la ANSeS por el principio objetivo de la derrota, segun “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS” (2023).
Normativa Aplicada:
Ley 24.016 (arts. 3, 4), Ley 24.463 (arts. 9, 21, 22), Ley 26.153 (art. 2), Ley 23.928 (art. 7), Ley 25.561 (art. 4), Ley 18.037 (art. 82), Ley 24.241 (art. 168), Decreto 137/05, Resolucion SSS 14/09, Ley 23.987, Circular DP 54/15, Circular DP 9/22, Resolucion N° 380 del Ministerio de Educacion, Cultura, Ciencia y Tecnologia de la Provincia de Salta (27/10/2023), Ley 20.628 (arts. 23 inc. c, 79 inc. c, 81, 90), Ley 27.346, Ley 27.430, Ley 27.423 (arts. 6 inc. “c”, 15, 16 inc. “a”, 19, 21, 24, 52), Ley 21.839 (art. 4), Decreto 78/94.
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion