Reynoso, Elsa Telesma C/ Anses S/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Reynoso, Elsa Telesma C/ Anses S/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 370/2017/CA1
Fecha Sentencia:
28/11/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala I
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
reajustes jubilacion costas caso federal primera instancia regularidad cosa juzgada ejecucion Anses recurso de apelacion
Carátula:
Reynoso, Elsa Telesma c/ ANSeS s/ Reajustes Varios
Resumen:
La sentencia de la Camara Federal de Salta - Sala I resuelve el recurso de apelacion presentado por ANSeS en el caso "Reynoso, Elsa Telesma c/ ANSeS s/ Reajustes Varios". ANSeS impugnaba una liquidacion readecuada de la accionante, aprobada con fecha 2/10/25, por un monto total de $2,991,250 por capital e intereses calculados al 31/3/25, donde se le impusieron las costas. La demandada cuestiono la inclusion de conceptos creados por decretos provinciales (735/05, 347/06, 1320/08 y 3719/09) en el calculo del haber jubilatorio de la actora, y ademas, la imposicion de costas. El tribunal de primera instancia, en sentencia del 13/10/21, habia ordenado la aplicacion de los arts. 3 y 4 de la ley 24.016, que fue confirmada por el Tribunal el 17/3/23. La liquidacion readecuada, que es objeto de este recurso de apelacion, fue aprobada posteriormente el 2/10/25. El tribunal de segunda instancia determino que los agravios de ANSeS no cumplen con los requisitos legales del art. 265 del CPCC, ya que solo reiteraron impugnaciones previas sin presentar una critica concreta y razonada. El tribunal habia considerado que los rubros en cuestion respondian a criterios de regularidad y habitualidad, siendo percibidos por la generalidad de los docentes provinciales y amparados por decretos provinciales. En cuanto a las costas, la Camara Federal de Salta Sala I, siguiendo precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion ("Rueda Orlinda c/ ANSeS") y otras salas, establecio que en los procesos de ejecucion de sentencia no aplica el regimen de excepcion del art. 21 de la ley 24.463, sino el principio general de imposicion de costas al vencido (art. 68 CPCCN). Esto se debe a que la actora se vio forzada a iniciar la ejecucion para obtener el cumplimiento de una sentencia ya pasada en autoridad de cosa juzgada, y los gastos deben ser resarcidos. Por todo lo expuesto, se rechaza el recurso de apelacion de ANSeS, confirmando la sentencia previa y manteniendo las costas a cargo de la vencida.
Fundamentos:
La sentencia de la Camara Federal de Salta - Sala I rechaza el recurso de apelacion de ANSeS. Se fundamenta en que los agravios de la ANSeS no cumplen con los requisitos del art. 265 del CPCCN, ya que se limitan a reiterar impugnaciones previas sin una critica concreta y razonada. El tribunal considera que los conceptos cuestionados, creados por decretos provinciales (735/05, 347/06, 1320/08 y 3719/09), responden a los criterios de regularidad y habitualidad exigidos y fueron percibidos por la generalidad de los docentes provinciales, remitiendose a lo pactado por la provincia y el estado nacional conforme el decreto provincial 4585/11 y al precedente "Sajama, Marta Elena c/ ANSeS s/ reajustes varios" (expte. Nº 7028/2016). En cuanto a las costas, se aplica el principio objetivo de la derrota (art. 68 CPCCN), siguiendo el precedente "Rueda Orlinda c/ ANSeS" (sent. del 15/4/04) de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, que establece que en procesos de ejecucion de sentencia no corresponde aplicar el regimen de excepcion del art. 21 de la ley 24.463, sino el principio general de imposicion al vencido. Esto es porque la actora debio iniciar la ejecucion para obtener el cumplimiento de una decision pasada en autoridad de cosa juzgada, siendo necesario resarcir los gastos de justicia. Se mencionan tambien precedentes de la CFSS, Sala I ("Rathge, Nestor Remigio c/ ANSeS s/ ejecucion provisional") y de la propia Sala ("Saravia, Olga Berta c/ ANSeS") y las disposiciones del art. 36 de la ley 27.423 (Fallos: 346:634).
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
CPCCN Art. 68, CPCCN Art. 265, CPCCN Art. 178, CPCCN Art. 504, Ley 24.016 Arts. 3 y 4, Decreto 137/05, Decreto Provincial 735/05, Decreto Provincial 347/06, Decreto Provincial 1320/08, Decreto Provincial 3719/09, Decreto Provincial 4585/11, Ley 24.463 Art. 21, Ley 27.423 Art. 36, Acordadas CSJN 24/13, Acordadas CSJN 10/25, Fallos: 346:634, Fallos: 327:1161
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion