Maita, Yolanda C/Anses

Información Básica
Nombre del Caso:
Maita, Yolanda C/Anses
N° Expediente:
17666/2017
Fecha Sentencia:
04/12/2025
Honorarios:
$264072.0
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
honorarios ejecucion de sentencia costas ley 21.839 apoderada liquidacion excepciones IVA
Carátula:
(A.E.) Maita, Yolanda Demandado: ANSeS s/Inc Honorarios
Resumen:
Este documento es una resolucion del Juzgado Federal de Salta 1, fechada el 04 de diciembre de 2025, en el incidente de honorarios del expediente N° 17666/2017, caratulado "Maita, Yolanda C/Anses". La actora, representada por la Dra. Julia Tamara Toyos, interpuso una demanda que culmino con una sentencia de primera instancia el 08/10/20219, confirmada parcialmente por la Camara Federal de Apelaciones de Salta el 16/06/2020. En dicha sentencia, se fijaron honorarios en el 11% del credito resultante a favor de la reclamante. Posteriormente, se aprobaron dos liquidaciones: una el 17/12/2024 por $1.534.397,72 y otra el 25/06/2025 por $3.302.093,74 en concepto de diferencia de intereses. Ambas liquidaciones fueron impugnadas por la demandada, con costas impuestas a ANSeS, y se procedio a su ejecucion. La Dra. Toyos solicito la regulacion de sus honorarios por la etapa de ejecucion de sentencia. La resolucion detalla el calculo de los honorarios aplicando los articulos pertinentes de la ley 21.839 y el criterio jurisprudencial para casos de ejecucion de sentencia sin oposicion de excepciones, determinando una suma final de $264.072 mas IVA.
Fundamentos:
La resolucion se fundamenta en la regulacion de honorarios por la labor desarrollada en el proceso de ejecucion de sentencia, aplicando el art. 40 de la ley 21.839. Se precisa que en esta etapa no corresponde aplicar las dos etapas previstas por el art. 40, sino considerar una sola etapa cuando la tramitacion ha concluido. El calculo se realiza sobre la base de las liquidaciones aprobadas ($1.534.397,72 + $3.302.093,74 = $4.836.491,40), aplicando el 12% previsto por el art. 7° de la ley 21.839, mas un incremento del 30% por haber actuado como apoderada (art. 9). Finalmente, se aplica una reduccion del 30% por no haberse opuesto excepciones en la ejecucion (art. 40) y se divide por dos segun criterio jurisprudencial, resultando la suma final. Se aclara que los honorarios no incluyen el IVA.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 21.839 (arts. 6, 7, 8, 9 y 40)
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion