RAMOS, FADEL OMAR c/ ANSES

Información Básica
Nombre del Caso:
RAMOS, FADEL OMAR c/ ANSES
N° Expediente:
FSA 1515/2025/CA1
Fecha Sentencia:
14/11/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
CSS - Camara Federal de la Seguridad Social
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala I
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
amparo por mora costas jurisprudencia pronto despacho administración costas por el orden causado
Carátula:
RAMOS, FADEL OMAR c/ ANSES S/ AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION
Resumen:
La Camara Federal de Salta - Sala I, revoca la resolucion de primera instancia en el caso "RAMOS, FADEL OMAR c/ ANSES S/ AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION". El juzgado de primera instancia habia declarado abstracta la accion de amparo por mora interpuesta por el Sr. Fadel Omar Ramos e impuso las costas a la ANSES. La Camara, en respuesta a la apelacion de la ANSES, considera que el cumplimiento del objeto de la demanda se produjo antes de que la ANSES fuera notificada de la promocion de las actuaciones judiciales. Por lo tanto, revoca la resolucion anterior e impone las costas en ambas instancias por el orden causado, fundamentandose en que el amparo por mora busca una orden judicial de pronto despacho de las actuaciones administrativas y la ANSES cumplio antes de ser notificada. Se apela a jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en casos similares como “Cabrera de Comar, Olga c/ ANSeS” y “Boggero, Carlos c/ ANSeS”.
Fundamentos:
El amparo por mora no es otra cosa que una orden judicial de “pronto despacho” de las actuaciones administrativas y por medio de él se posibilita que quien sea parte en el procedimiento administrativo acuda a la vía judicial, a fin de que emplace a la administración a que cumpla su cometido: decidir las cuestiones sometidas a su resolución en un plazo que se le fije (Tomás Hutchinson en “Régimen de Procedimientos Administrativos”, Ley 19.549, 1ra. Reimpresión, revisado y comentado, pág. 172, N° 2 Ed. Astrea, Bs. As., 1992).
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 21 de la ley 24.463, Ley 19.549
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion