Carátula:
INC. APELACION EN AUTOS: SHERRIFF, SUSANA MATILDE c/ ANSES S/ REAJUSTES VARIOS
Resumen:
Este caso judicial, tramitado ante la Camara Federal de Salta - Sala I, bajo el expediente FSA 18355/2017/2/CA2, se centra en un recurso de apelacion presentado por la apoderada de la actora, Susana Matilde Sherriff, contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), en el marco de un proceso de ejecucion de sentencia por reajustes varios. El recurso se dirige contra una sentencia previa del Juzgado Federal N° 2 de Salta, de fecha 11/8/25, que aprobo una planilla de liquidacion por $2.794.993 en concepto de capital e intereses por el periodo del 23/2/15 al 31/12/22, e impuso las costas por el orden causado. La apoderada de la actora cuestiono dos puntos: primero, la distribucion de las costas, solicitando que fueran impuestas a la ANSeS en concordancia con el precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion en el fallo “Rueda, Orlinda” (15/4/04); y segundo, la falta de regulacion de sus honorarios profesionales, alegando desvalorizacion por inflacion y afectacion de la dignidad profesional. La Camara Federal, tras revisar los antecedentes, confirmo que, en casos de ejecucion de sentencia, no aplica el regimen de excepcion del art. 21 de la ley 24.463. Argumento que la ejecucion forzada se vuelve necesaria por la actitud renuente del condenado que no cumple la sentencia. Por lo tanto, las costas de la ejecucion deben ser asumidas por la ANSeS debido a su incumplimiento. La Sala I de la Camara, citando precedentes propios y doctrina legal, resolvio revocar la sentencia de primera instancia en cuanto a las costas, imponiendolas en ambas instancias a la ANSeS, conforme a los arts. 68 del CPCCN y 36 de la ley 27.423. Asimismo, dispuso que la regulacion de los honorarios de la letrada se efectuara en grado, lo que implica que la cantidad sera definida posteriormente. La sentencia finaliza con la orden de registro, notificacion, publicacion y devolucion de las actuaciones al juzgado de origen.
Fundamentos:
La sentencia revoca la decision anterior de imponer las costas por el orden causado, imponiendolas a la ANSeS en ambas instancias. Se fundamenta en la doctrina del fallo “Rueda Orlinda c/ ANSeS” (CSJN, 15/4/04), que establece que en procesos de ejecucion de sentencia no corresponde aplicar el regimen de excepcion del art. 21 de la ley 24.463. Se sostiene que la ejecucion forzada es necesaria debido a la actitud renuente del condenado, y por lo tanto, las costas deben ser soportadas por el condenado incumplidor. Se citan precedentes de la misma Sala I (fallo “Vasquez, Juana c/ ANSeS s/ reajuste de haberes”, expte. N° FSA 1381/2016/3/CA3, sent. del 26/9/24) y doctrina legal (Loutayf Ranea, Roberto G.). La regulacion de honorarios de la letrada se efectuo en grado.