Saravia, Mercedes Ana Maria C/Anses s/Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Saravia, Mercedes Ana Maria C/Anses s/Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA25200080/2010
Fecha Sentencia:
04/12/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 2
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
reajustes varios liquidacion intereses jubilacion pension error material costas
Carátula:
SARAVIA, MERCEDES ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
La sentencia del Juzgado Federal de Salta 2, con fecha 04 de diciembre de 2025, resuelve el expediente "SARAVIA, MERCEDES ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS". El caso se centra en la impugnacion por parte de ANSES de tres planillas de liquidacion presentadas por la actora, Mercedes Ana Maria Saravia, por diferencias de intereses en sus beneficios de jubilacion y pension. La impugnacion se basa en un error material en el calculo de intereses, donde la fecha inicial de calculo se consiguro erroneamente como 01/01/2022, en lugar del 01/01/2023, segun un fallo previo del 18 de marzo de 2025. La actora admitio el yerro en dos de las planillas, aunque sostuvo que la diferencia era insignificante y que el tercer tramo de la liquidacion era correcto. La sentencia readecua de oficio las dos primeras planillas, determinando los nuevos montos de intereses aplicando la tasa pasiva del B.C.R.A. y los coeficientes correspondientes. La primera planilla de intereses por jubilacion se aprueba por $2.167.639,83 y la segunda por pension por $9.032.448,61. La tercera planilla de liquidacion, por $15.604.186,29, se aprueba por ser correcta. Finalmente, se imponen las costas del proceso a la ANSeS, en aplicacion del principio objetivo de la derrota.
Fundamentos:
La readecuacion de oficio de las liquidaciones se fundamenta en el yerro material en el calculo de intereses admitido por la actora y la necesidad de aplicar la fecha inicial de calculo correcta (01/01/2023) conforme al fallo del 18 de marzo de 2025. Se utiliza la formula de la tasa pasiva del B.C.R.A. y los coeficientes publicados por el CPACF para los nuevos calculos. La imposicion de costas a la ANSeS se basa en el principio objetivo de la derrota.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 68 CPCCN, Tasa Pasiva del B.C.R.A., coeficientes de www.cpacf.org.ar
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion