Carátula:
AGUILERA, NORMANDO FREDI c/ ANSeS s/ REAJUSTE DE HABERES
Resumen:
El presente caso, caratulado 'Aguilera, Normando Fredi c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes' (Expediente N° FSA 4487/2020), involucra un reclamo de reajuste de haberes jubilatorios. En primera instancia, el Juzgado Federal de Salta 1, el 12 de mayo de 2022, condeno a ANSeS a recalcular el haber inicial del actor, aplicando el precedente 'Elliff' para la actualizacion de remuneraciones hasta el 28/02/2009 (ISBIC) y la ley 26.417 para las posteriores. Para los servicios autonomos, se dispuso la aplicacion de las pautas 'Makler'. Se declaro la inconstitucionalidad del art. 24 inc. a) y del art. 26 de la ley 24.241, y la inaplicabilidad del art. 14 de la resolucion SSS 6/09. Se eximio del impuesto a las ganancias y se ordenaron retroactivos desde el 06/11/2016, difiriendo el reajuste de la Prestacion Basica Universal (PBU) y la valoracion de la tasa de sustitucion. La Camara Federal de Apelaciones de Salta, el 11 de agosto de 2022, confirmo la mayoria de lo decidido en primera instancia, pero hizo lugar parcialmente a agravios sobre la movilidad ('Alaniz'), el diferimiento del planteo de inconstitucionalidad del art. 14 de la resolucion SSS N° 6/09 y el agravio sobre la tasa de sustitucion. Un recurso extraordinario fue desestimado el 8 de septiembre de 2022. Posteriormente, el accionante presento una planilla de liquidacion por retroactivos, la cual fue impugnada por ANSeS. El tribunal resolvio rechazar la impugnacion de ANSeS por falta de fundamentacion y por considerar la cuestion de la PBU como cosa juzgada. En consecuencia, aprobo en defecto la liquidacion del actor por un monto total de $ 2.086.720,24, aplicando el indice 'Caliva - Marquez' de manera trimestral, y declaro la inconstitucionalidad de las pautas de movilidad de la ley 27.609, basandose en el precedente 'Palavecino'. Se difirio la regulacion de honorarios y las diferencias de intereses, y se rechazaron los pedidos de daños y perjuicios.
Fundamentos:
El tribunal rechazo la impugnacion presentada por ANSeS debido a que esta no cumplio con los requisitos de critica prolija, concreta y razonada, ni adjunto el computo correcto que, a su entender, refutara la planilla del actor, conforme lo exigen los articulos 178 y 504 del CPCCN. Ademas, considero que la cuestion de la Prestacion Basica Universal (PBU) habia devenido en cosa juzgada, al haber sido establecida en la sentencia de primera instancia del 12 de mayo de 2022 y confirmada por la Alzada el 11 de agosto de 2022. En cuanto a la liquidacion presentada por el actor, y habiendose diferido el analisis de la ley 27.609, se remite a lo resuelto el 5 de mayo de 2025 por la Sala II de la Camara Federal de Apelaciones de Salta en autos 'Palavecino, Jose Ruben c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' (Expte N° 16057/2018), que declaro la inconstitucionalidad de las pautas de movilidad instauradas por el art. 1° de la ley 27.609 y establecio la aplicacion del indice resultante de 'Caliva - Marquez' (50% IPC y 50% RIPTE) de manera trimestral. Por razones de economia procesal, se aprobo en defecto la liquidacion del actor. El pedido de daños y perjuicios fue rechazado por exceder el objeto del proceso previsional y requerir un debate en un proceso de conocimiento autonomo.
Normativa Aplicada:
Ley 26.417, Ley 27.426, Decreto 807/16, Ley 27.609 (Art. 1°), Ley 24.241 (Art. 24 inc. a, Art. 26), Resolucion SSS 6/09 (Art. 14), Ley 24.463 (Art. 9 inc. 3), CPCCN (Art. 68, Art. 178, Art. 504, Art. 591), Comunicado 14290 BCRA.
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion