Posadas, Gustavo Adolfo C/ Anses S/Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Posadas, Gustavo Adolfo C/ Anses S/Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 435/2017
Fecha Sentencia:
05/12/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 2
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
reajustes intereses costas ejecucion liquidacion embargo incumplimiento
Carátula:
POSADAS, GUSTAVO ADOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El Juzgado Federal de Salta 2 emitio una sentencia en el expediente N° FSA 435/2017, caratulado 'Posadas, Gustavo Adolfo c/ Anses s/Reajustes Varios'. La decision del 05/12/2025 se refiere a la aprobacion de una nueva liquidacion por diferencia de intereses presentada por la parte actora. Previamente, con fecha 19/05/2025, se habia aprobado una liquidacion por $7.652.159,80 (periodo 01/07/2014 al 28/02/2023), sobre la cual se ordeno un embargo y transferencia de fondos por dicho monto. La nueva liquidacion, presentada el 28/07/2025, corresponde a diferencias de intereses devengados entre el 01/03/2023 y el 11/07/2025, ascendiendo a $17.738.768,65. Tras el traslado a la demandada ANSeS, que no contesto, y habiendose llamado autos para resolver, el tribunal aprobo esta liquidacion por considerarla correcta. Sin embargo, una liquidacion adicional por $66.799,63 (periodo 12/07/2025 al 24/07/2025) no fue aprobada al no encontrarse firme. Las costas de esta incidencia se impusieron por el orden causado, debido a la ausencia de contradictorio, aunque las costas de la ejecucion corren a cargo de la ANSeS por su incumplimiento.
Fundamentos:
El juzgado analizo el historial procesal, incluyendo una liquidacion previa aprobada y el subsiguiente embargo y transferencia de fondos. Respecto a la nueva liquidacion por diferencia de intereses del 01/03/2023 al 11/07/2025, se considero correcta y se aprobo. Se determino no aprobar la liquidacion de intereses del 12/07/2025 al 24/07/2025 debido a que no se encontraban firmes. Las costas de la presente incidencia fueron impuestas por el orden causado al no haber mediado contradictorio, pero las costas de la ejecucion se imputaron a la ANSeS por su incumplimiento.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
No se menciona normativa
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion