Burgos, Enrique C/ANSeS s/Inc Honorarios

Información Básica
Nombre del Caso:
Burgos, Enrique C/ANSeS s/Inc Honorarios
N° Expediente:
15264/2019 Incidente N° 3
Fecha Sentencia:
10/12/2025
Honorarios:
$764361.0
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
honorarios costas recurso extraordinario ejecucion de sentencia Ley arancelaria UMA
Carátula:
Burgos, Enrique C/ANSeS s/Inc Honorarios
Resumen:
El presente caso corresponde a un incidente de regulacion de honorarios dentro del expediente principal numero 15264/2019, iniciado por Enrique Burgos contra ANSeS. El 11 de noviembre de 2024, se aprobo una planilla de capital e intereses por un monto de $ 6.740.397,10 a favor del actor, la cual no fue objetada por la demandada, y las costas fueron impuestas a ANSeS. Esta decision fue confirmada por la Sala II del Tribunal de Alzada el 19 de junio de 2025, y el recurso extraordinario interpuesto por ANSeS fue desestimado el 31 de julio de 2025. Posteriormente, el 5 de agosto de 2025, se dio inicio a la ejecucion de la sentencia, la cual culmino con la transferencia de fondos al actor el 23 de septiembre de 2025. La Dra. Julia Tamara Toyos solicito la regulacion de sus honorarios por la labor desarrollada en esta etapa de ejecucion. El juzgado procedio con la regulacion basandose en el monto de la planilla aprobada y aplicando la Ley arancelaria 27.423. Se determino que el monto base equivalia a 83,57 UMA, lo que la ubicaba en el grado 3 de la escala (18% al 24%). Tras el calculo inicial, se adiciono un 40% por el doble caracter de su intervencion y se aplico una reduccion del 10% por no haberse opuesto excepciones. Finalmente, considerando una sola etapa procesal, se regularon los honorarios en $ 764.361, con mas el IVA si correspondiera, que deberan ser abonados por ANSeS dentro de los diez dias de quedar firme la resolucion, cuyo pago sera definitivo solo si se abona el equivalente en UMA al momento de la efectivizacion.
Fundamentos:
El juzgado fundamento su resolucion en la aprobacion de la planilla de capital e intereses, la confirmacion de la Sala II del Tribunal de Alzada y la desestimacion del recurso extraordinario interpuesto por ANSeS, lo que habilito la ejecucion de sentencia. Para la regulacion de honorarios, se aplico la Ley arancelaria 27.423, vigente desde el 22/12/2017, la cual instituye la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) en su art. 19. Se considero el monto de $ 6.740.397,10 como base regulatoria. En base al valor actual de la UMA ($ 80.664), se calculo que el monto base equivalia a 83,57 UMA, lo que, conforme al art. 21 de la ley, lo ubica en el grado 3 de la escala (18% al 24%). Se aplico el 18% al monto base, resultando $ 1.213.271,48. Adicionalmente, se agrego un 40% por el doble caracter de la intervencion de la profesional, segun el art. 20. Se practico una reduccion del 10% de acuerdo con el art. 34, dado que no se opusieron excepciones en el proceso. Finalmente, se considero el monto por una sola etapa del proceso, conforme el art. 29. Se aclaro que el pago definitivo estara sujeto al valor de la UMA al momento del pago, conforme lo dispuesto en el art. 51 de la norma arancelaria, y debe realizarse dentro de los diez dias de quedar firme el auto regulatorio, segun el art. 54.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 27.423 (arts. 19, 20, 21, 29, 34, 51, 54, 56, 58 inc. b)), Resol SGA 2996/25, Acordada 36/25
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion