Resina, Jose Cruz C/Anses S/Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Resina, Jose Cruz C/Anses S/Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA10498/2014
Fecha Sentencia:
11/12/2025
Honorarios:
$30186.3
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala II
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
honorarios reajustes apelacion ejecucion ley 21.839 ley 27.423 ley 24.432 ley 25.561 ley 23.928 indexacion costas error material
Carátula:
RESINA, JOSE CRUZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
Este caso se centra en el recurso de apelacion presentado por la Dra. Julia Tamara Toyos contra la regulacion de sus honorarios profesionales por la labor realizada en un proceso de ejecucion. Inicialmente, el Juzgado Federal N° 1 de Salta habia fijado sus honorarios en $16.602,00. La Dra. Toyos argumento que la regulacion debia realizarse bajo la Ley 27.423, dado que sus actuaciones se desarrollaron durante la vigencia de esta norma, y solicito la actualizacion de la base regulatoria. La Camara Federal de Salta - Sala II, si bien mantuvo el criterio de aplicar la normativa arancelaria anterior (Ley 21.839), por considerar que debe existir coherencia con el proceso principal iniciado en 2014, decidio elevar la suma regulada. El Tribunal determino que el monto original era exiguo, elevando los honorarios a $30.186,30. Ademas, la Camara rechazo la pretension de actualizar la base regulatoria, citando la prohibicion de indexar establecida por la Ley 25.561 y la Ley 23.928, y senalando que la liquidacion de intereses devengados posteriormente daria lugar a nuevas presentaciones y ejecuciones ampliatorias, evitando una doble regulacion.
Fundamentos:
La sentencia de la Camara Federal de Salta - Sala II, VISTO Y CONSIDERANDO, analizo el recurso de apelacion de la Dra. Julia Tamara Toyos contra la regulacion de sus honorarios profesionales. Se debatio la aplicacion de la Ley 21.839 o la Ley 27.423. El Tribunal resolvio que, aunque los trabajos se realizaron bajo la Ley 27.423, se debia aplicar la Ley 21.839 para mantener la coherencia con el proceso principal. Sin embargo, considero exiguo el monto regulado inicialmente y lo elevo. Ademas, rechazo la actualizacion de la base regulatoria, basandose en la prohibicion de indexacion de la Ley 25.561 y la Ley 23.928, y para evitar dobles regulaciones por futuros intereses.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 21.839 (arts. 6, 7, 8, 9, 37, 40, 47), Ley 24.432, Ley 27.423, Ley 25.561 (art. 4), Ley 23.928 (arts. 7, 10), CPCCN (art. 508), Acordadas CSJN 24/2013, Acordadas CSJN 10/2025
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion